
La Justicia Civil de Neuquén ordenó que un hombre que golpeó brutalmente al amigo de su ex pareja, provocándole graves lesiones, le pague 21 millones de pesos en concepto de daños y perjuicios.
La decisión estuvo a cargo de la jueza María Guadalupe Losada, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 5. La magistrada remarcó que el ataque, ocurrido en 2021 en el barrio Z1 de la capital provincial, tuvo como trasfondo un intento de control y daño hacia la mujer a través de la agresión a su entorno.
En los hechos, el agresor se presentó en la vivienda de su ex pareja y, al encontrarse con que la mujer estaba acompañada por un amigo, reaccionó de forma violenta. A pesar de que no tenían una relación, exigió que le abrieran la puerta de la casa.
Como la mujer y su acompañante se negaron, el imputado, de quien trascendió que practica artes marciales, ingresó por la puerta trasera forzándola. Una vez adentro, se dirigió directamente hacia el hombre y lo golpeó salvajemente en el rostro, provocándole múltiples fracturas. La víctima debió someterse a una cirugía reconstructiva facial y atravesó un extenso proceso de recuperación física y psicológica.
Según informó el portal del diario LM Neuquén, antes de la agresión, el atacante también causó daños materiales en el vehículo de la víctima, según quedó registrado en la investigación judicial.
En la instancia penal, el agresor fue imputado por lesiones y daños, pero tras la investigación correspondiente, la Fiscalía y la defensa acordaron solicitar la suspensión del juicio a prueba, conocida como probation, por un plazo de dos años.
Inicialmente, el juez Luis Giorgetti había rechazado este beneficio, pero posteriormente un tribunal de impugnación modificó la resolución y permitió avanzar en este sentido. Esto implicó que el agresor evitó una condena penal efectiva bajo cumplimiento de ciertas reglas de conducta, sin ingreso a prisión.
La vía civil, sin embargo, siguió su curso. La víctima inició una demanda por daños y perjuicios contra su agresor. El caso fue analizado en detalle por la jueza Losada, quien ponderó tanto los daños materiales como físicos, el impacto emocional y la necesidad de futuros tratamientos médicos, incluidas sesiones de psicoterapia.

En este contexto, la jueza subrayó el impacto que las lesiones tuvieron en la vida cotidiana y emocional de la persona agredida, citando el informe psicológico que refirió “disminución de la autoestima” y “angustia” por el aspecto físico, ya que estuvo durante al menos un año con el rostro completamente desfigurado.
Para Losada, “la lógica preocupación y dolor psíquico que implica afrontar una cirugía para reparar y reconstruir la anatomía, intensificado por la presencia de cicatrices expuestas a las miradas ajenas”, agrava el daño moral. Entre los aspectos indemnizatorios, se consideran, además, los gastos médicos actuales y futuros, y la necesidad de asistencia psicológica para la recuperación.
El fallo remarca que la agresión no solo constituyó un delito contra la integridad física de la víctima, sino que debe leerse dentro de la dinámica de violencia de género, en tanto el acto violento buscó condicionar y controlar la vida afectiva de la ex pareja del agresor a través del uso del miedo y la violencia. “La agresión se enmarcó en un hecho de violencia de género, dado por la violencia ejercida sobre una persona que tenía un vínculo sentimental o de amistad con la mujer”, indicó la magistrada.
La jueza concluyó que este tipo de actos son “una forma de manifestación de la violencia ejercida contra la mujer en manos de su ex pareja, que, mediante intimidación y agresiones, intenta controlar vínculos y aspectos de la vida de relación de la mujer, manifestando su poder a través del dolor infligido”.
Como parte de la condena, la jueza Losada fijó una indemnización de 20.936.000 pesos en concepto de reparación integral al agredido, suma a la que se deberán adicionar los intereses legales correspondientes.
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