
A pesar de que las cirugías para reparar una hernia inguinal suelen ser seguras y sin complicaciones severas, el paciente Jorge Alberto Abdalá (60) vivió una verdadera pesadilla dentro del quirófano: su cuerpo se prendió fuego por una mala praxis del médico interviniente.
El hecho ocurrió el 7 de diciembre de 2018 en el hospital provincial Francisco López Lima, de General Roca, Río Negro, y el paciente quedó con graves secuelas físicas y psicológicas. No solo por las cicatrices sino también por una incapacidad del 6,5% para caminar.
Tras seis años de batallar en la justicia, el Juzgado Contencioso Administrativo de Roca declaró la responsabilidad del Estado Provincial por los daños derivados de esa prestación “deficiente” del servicio público de salud y ordenó una indemnización que ronda actualmente en $6,5 millones. Luego, esa sentencia fue confirmada por la Cámara Civil de Roca tras la apelación presentada por la parte denunciada.
“A ese monto se llegó tras sumar los $703.475 que le dieron por incapacidad física, los $308.584 en concepto de rehabilitación, los $350.358 por daño emergente y $5.059.735 por daños moral”, explicó a Infobae su abogada María Rosa Magyar.
Para la Cámara, “el Estado debe garantizar altos estándares de eficiencia y eficacia en la prestación del servicio de salud, estando obligada a ‘prevenir la posibilidad de enfermedad o muerte por causa que se pueda evitar’, lo que en el caso no cumplimentó, al resultar el actor afectado no por la enfermedad por la que se le atendía, sino por quemaduras absolutamente ajenas producidas en el nosocomio”.

Los dramáticos hechos
Días antes de la operación, Abdalá empezó a sentir un fuerte dolor debajo del vientre y concurrió a la guardia del Hospital Municipal José Cibanal, ubicado en la localidad rionegrina de Colorado, donde él reside. El diagnóstico del médico que lo atendió fue “hernia inguinal” por lo que pidió que sea operado de urgencia.
Sin embargo, esa intervención no pudo realizarse en ese centro de salud local por “problemas técnicos” -según consta en el expediente- y fue derivado al hospital provincial de Roca, a unos 300 kilómetros de allí. “Aunque el más cercano estaba a 170 kilómetros, al quedar en la ciudad de Bahía Blanca, ya era otra jurisdicción”, explicó la letrada Magyar.
Una vez aprobada toda la documentación para el traslado, llegó el día de la operación. El hombre ingresó al hospital acompañado por su mujer, consciente de que se trataba de una intervención quirúrgica que requería de 72 horas de reposo absoluto. Jamás imaginó que permanecería postrado en un cama durante 3 meses.
“Los enfermeros lo ingresaron al quirófano y los médicos lo prepararon. Antes de cortar, o sea antes de hacer la incisión, le pasaron un líquido desinfectante. Pero como la piel del paciente no había quedado totalmente seca, cuando el médico comienza a cauterizar, el calor de la electricidad del cauterizador lo prende fuego”, detalló la abogada del damnificado.
El cauterizador se utiliza a menudo durante intervenciones quirúrgicas para extirpar tejidos dañinos o indeseados. También se emplea para sellar vasos sanguíneos y ayudar a reducir o detener el sangrado durante una cirugía.
Al advertir las consecuencias de esa conducta negligente e indeseada, “los médicos apagaron el fuego con líquido fisiológico y continuaron con la operación del paciente”, recordó Magyar.

Cuando Abdalá se despertó de los efectos de la anestesia, sintió un fuerte dolor en el entremedio de sus piernas pero pensó que se trataba de la herida. Estaba equivocado. Finalmente, fue el médico que lo operó quien admitió lo sucedido. “Ocurrió un accidente”, se sinceró al brindar los detalles de lo ocurrido.
El hombre sufrió quemaduras de tipo A y AB en ambas caras internas de los muslos ocasionadas por “una insuficiente evaporación” del alcohol al momento de iniciar la cauterización eléctrica y “un deficiente cumplimiento” de los médicos intervinientes, constató la justicia.
Una vez que Abdalá recibió el alta y volvió a su casa, empezó con fiebre y tuvo que ser atendido en el hospital de Colorado. “Se le había desatado una infección en la zona de la quemadura, que era muy profunda. Prácticamente ya no podía ni caminar porque el roce de las piernas le producía un dolor inaguantable”, relató su abogada.
Además de las severas secuelas físicas y el daño psicológico que le ocasionó la mala praxis, el hombre también tuvo enfrentar graves problemas económicos porque estuvo varios meses sin trabajar. Abdalá era dueño de un lavadero de autos que él mismo atendía.

“Tuvo que ser asistido permanentemente por su mujer y sus hijos. Tenían que prepararle la comida, ayudarlo a bañarse y hasta ir al baño. No podía moverse. Fue muy traumático para él. Y encima hubo una parte de la piel que nunca se recompuso y le quedó hundida”, remarcó la letrada.
La causa judicial
La demanda fue presentada el 2 de febrero de 2019. “No es un juicio civil, sino contencioso administrativo porque el demandado es el Estado Provincial”, aclaró Magyar. “Si bien tenemos la nómina de los médicos intervinientes en la operación, los juicios por mala praxis casi nunca prosperan porque es difícil identificar exactamente quién fue el que actuó como partícipe necesario”, explicó.
La sentencia de primera instancia salió el 9 de agosto del 2023 y la confirmación de la Cámara se produjo el 28 de febrero del 2024.
“Sería absurdo suponer que se considere que se corresponde la buena praxis el prender fuego al paciente en la mesa quirúrgica o que ello es un riesgo normal no evitable de la enfermedad o el tratamiento. Resulta hasta irrisoria la suposición que constituye ‘una posibilidad’ común de un procedimiento quirúrgico que un paciente pueda prenderse fuego en un quirófano por el simple hecho de someterse a una operación, por más compleja que esta sea”, afirmó el Tribunal al dar a conocer la condena.
Los jueces valoraron la historia clínica del paciente, de la cual surge textual: “Durante la coagulación con electrocauterio de la incisión de la piel, se produjo la combustión del campo alcohólico del antiséptico, sofocándose inmediatamente el fuego con solución fisiológica y campo estéril seco”.

Luego, la Cámara constató que “existió un daño provocado por una situación ocurrida durante la operación, y acontecida a partir del deficiente cumplimiento de los deberes a cargo de los agentes que intervinieron en la misma” y confirmó el veredicto de primera instancia.
La abogada explicó que “ya se vencieron los plazos para apelar y recurrir a la Corte Suprema” por lo que ahora resta esperar a que su cliente cobre la indemnización acordada.
Pero todavía falta un largo camino por recorrer. La letrada tiene que notificar al Estado Provincial antes del 30 de septiembre el monto actualizado de lo que deberá pagar por perder el juicio para que lo ingrese en el presupuesto de 2025. Es decir, que el damnificado recién recibirá la plata el año que viene.
“Mi cliente es una persona muy tranquila. Siempre mantuvo un perfil bajo y estuvo muy poco pendiente de los tiempos procesales. Él está muy contento de haber ganado el juicio a pesar de que sigan pasando los años” concluyó Magyar.
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