Restringirán la circulación de camiones en autopistas y rutas bonaerenses por el fin de las vacaciones de invierno

La medida intenta facilitar el regreso a casa durante el último día del receso invernal. Algunos vehículos están exceptuados y podrán circular con normalidad a pesar de superar las 7 toneladas de carga transportada

Guardar
Algunos vehículos están exceptuados de
Algunos vehículos están exceptuados de la restricción (REUTERS/Agustin Marcarian)

Tal como sucedió en el inicio de las vacaciones de invierno en la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno bonaerense informó que el próximo domingo 30 de julio restringirán la circulación de camiones en autopistas y rutas bonaerenses para facilitar el tránsito en el último día del receso invernal.

La decisión fue comunicada por la Dirección de Vialidad bonaerense, que depende del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Las principales restricciones se focalizarán en la Autovía 2, las rutas provinciales Nº11, Nº36, Nº56, Nº63, Nº74, así como también en la Autopista Buenos Aires-La Plata y regirán sólo para los camiones con una carga de más de 7 toneladas de porte bruto.

De acuerdo con el calendario escolar, el receso invernal comenzó el lunes 17 de julio y finalizó este viernes, por lo que el próximo lunes 31 los niños deberán regresar a las aulas. Las mismas fechas rigen para la feria judicial, razón por la cual se espera un gran caudal de vehículos durante este fin de semana. Por esto mismo, Vialidad impulsó una medida similar a la que puso en marcha el pasado 14 de julio, cuando intentó facilitar el traslado de los turistas por las principales vías de acceso.

Además, el organismo emitió una serie de recomendaciones a tener en cuenta para salir a la ruta y poder regresar sano y salvo a casa después de una escapada durante las vacaciones de invierno.

Algunos vehículos no tendrán prohibida
Algunos vehículos no tendrán prohibida su circulación

En ese sentido, aconsejó a los conductores circular con las luces bajas encendidas; con la VTV actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo ante la presencia de doble línea amarilla; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol. También advirtieron que los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados para evitar cualquier tipo de riesgo, sobre todo, en momentos en los que suele haber más tráfico de lo normal.

Cómo se aplicará la restricción de circulación en la Provincia de Buenos Aires

La circulación estará limitada en el sentido a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) desde las 14 y hasta las 23:59. La restricción también regirá desde el territorio porteño hasta la ciudad de La Plata.

Te puede interesar: Un fallo declaró que no hay que pagar las multas de tránsito de más de dos años

En el caso de la Autovía 2, la medida se implementará desde el kilómetro 40,5 del ramal Buenos Aires - Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires - La Plata hasta el km. 400, altura Camet.

En la ruta N°11, comenzará desde la intersección RP N°36, zona Pipinas, hasta el km. 537, cerca de Chapadmalal. Por otro lado, Vialidad indicó que en la N°36 la restricción será desde la rotonda con la 10 (Prolongación Av. 66 - La Plata), hasta llegar a Pipinas.

Se recomienda manejar con precaución
Se recomienda manejar con precaución

La N°56 tendrá limitada la circulación para los vehículos de gran porte desde su intersección con la 11 y hasta cruzarse con la ruta N°74, a la altura de General Madariaga.

La medida también afectará el tránsito en la RP N°63, desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).

Sin embargo, la orden de Vialidad exceptúa a los vehículos de autotransporte de cargas menores a siete toneladas de porte bruto y a los vehículos que superen ese peso, pero transporten: leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados; animales vivos; pescado y mariscos congelados; productos frutihortícolas en tránsito; combustible, gas natural comprimido y licuado de petróleo; medicinas; residuos sólidos urbanos y/o patogénicos; y de cebo, huesos y cueros.

También están exceptuados aquellos vehículos de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual; ambulancias; grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío; además de algún rodado que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.

Seguir leyendo: