Verano 2023: ¿cuándo es el próximo fin de semana largo?

Después de los feriados del 8 y 9 de diciembre, te contamos cómo sigue el calendario de días no laborables

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El 23 y 30 de diciembre habrá asueto para los trabajadores de la Administración Pública Nacional.
El 23 y 30 de diciembre habrá asueto para los trabajadores de la Administración Pública Nacional.

El último fin de semana largo tuvo lugar desde el 8 de diciembre, por el Día de la Inmaculada Concepción, hasta el domingo 11, siendo el 9 feriado puente con fines turísticos y, por lo tanto, un día no laborable. Se trató del cuarto y último fin de semana XXL del 2022, después de los de Carnaval, el 20 de junio y el del Día del Respeto a la Diversidad Cultural, eN octubre.

Así, el calendario de fines de semana largos de 2022 que había sido establecido a fines del año pasado por el gobierno ya terminó, pero por una disposición de las autoridades, los trabajadores estatales podrán disfrutar de otros dos fines de semana largos durante las próximas semanas.

Es que el gobierno publicó la semana pasada un decreto mediante el cual se establece asueto para el personal de la Administración Pública Nacional el viernes 23 y el viernes 30 de diciembre. La medida fue tomada porque al caer domingo el 25, día de Navidad, y el 1, Año Nuevo, estos feriados inamovibles no iban a afectar a las actividades laborales de los trabajadores estatales.

“Las festividades de la Navidad y del Año Nuevo constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio”, explica el documento y señala que la medida se estableció para “facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos”.

Sin embargo, el decreto 820/2022 firmado por Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro detalla que los organismos deberán implementar las medidas necesarias a fin de mantener la continuidad de los servicios esenciales. Y también excluye a las instituciones bancarias y entidades financieras.

La misma medida se aplicará para el 30 de diciembre, que también cae viernes y que, con el feriado del 1 de enero, que es domingo, constituirá el último fin de semana largo del año para los trabajadores de la administración pública. De esta forma, este sector podrá disfrutar de dos fines de semana largos más debido a las disposiciones gubernamentales por las fiestas de fin de año.

¿Cuándo es el próximo fin de semana XXL para el resto de los trabajadores?

El próximo fin de semana largo para todos los trabajadores será el de febrero, en Carnaval.
El próximo fin de semana largo para todos los trabajadores será el de febrero, en Carnaval.

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, para aquellos que no sean afectados por el asueto del 23 y 31 de diciembre el próximo fin de semana largo tendrá lugar del sábado 18 al martes 21 de febrero del 2023, por ser el martes 21 y el lunes 20 feriados de Carnaval. Por lo tanto, habrá que esperar casi dos meses después de Año Nuevo para poder tener varios días de descanso consecutivos.

De cualquier manera, se tratará del primer fin de semana XXL del año, y una oportunidad para realizar una escapada, tanto para aquellos que no hayan podido salir de vacaciones como para quienes sí y quieran sumar un descanso más. Ese será el primero de los 4 fines de semana XXL que tendrá el 2023, al que se le sumarán el del jueves 25 al domingo 28 de mayo; el del sábado 17 al martes 20 de junio; y el del viernes 13 al lunes 16 de octubre.

¿Qué días habrá feriado en 2023?

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, el 2023 contará con 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 4 fines de semana largos para fomentar la actividad turística del país.

Este es el calendario de feriados del 2023, establecido en el decreto 764 y publicado en el Boletín Oficial la semana pasada.
Este es el calendario de feriados del 2023, establecido en el decreto 764 y publicado en el Boletín Oficial la semana pasada.

- En cuanto a los feriados inamovibles serán: el 1° de enero (Año Nuevo); 20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval); el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); el 7 de abril (Viernes Santo), el 1° de mayo (Día del Trabajador), el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo), el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes); el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); el 9 de julio (Día de la Independencia); el 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional); el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).

- Los feriados trasladables serán el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, se celebrará el lunes 21 de agosto; y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que se celebrará el lunes 16 de octubre).

- Finalmente, los feriados puente, establecidos por decreto con fines turísticos para que justamente pueda haber fines de semana largos, serán el viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo); el lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano) y el viernes 13 de octubre (fin de semana largo de cuatro días por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre).

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