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La ANMAT prohibió tres productos capilares falsos

La Disposición fue publicada este martes en el Boletín Oficial

La ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, tres productos de belleza falsos (Gustavo Gavotti)
La ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, tres productos de belleza falsos (Gustavo Gavotti)
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial, tres productos de capilares falsos.

La Disposición 6606/2022 establece la prohibición del uso y comercialización en todo el territorio nacional, en todas sus presentaciones de los siguientes productos: TRATAMIENTO CAPILAR BTX, TRATAMIENTO CAPILAR NUTRI REPARADORA y MÁSCARA SUPER ÁCIDA marca PRIMONT. Los mismos no cuentan con datos de lote, fecha de vencimiento, de inscripción del producto ante la ANMAT, del responsable de la comercialización y del país de origen.

En su considerando, la publicación señala que se inician las actuaciones a raíz de una denuncia realizada por la firma COSMÉTICA PRIMONT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en carácter de titular y elaboradora, por la comercialización de los productos falsificados de su marca.

A su vez, el denunciante refiere que el día 15 de junio de 2022, fueron compradas 3 unidades de los mencionados productos en la dirección Einstein 1116, José Clemente Paz, Provincia de Buenos Aires.

Ante ello y consultada la base de datos de inscripción de los productos cosméticos, se hallaron los productos inscriptos bajo la marca PRIMONT y con las denominaciones ut-supra mencionadas que constituyen productos legítimamente inscriptos ante esta Administración Nacional y que exhiben diferencias significativas respecto a los productos denunciados como falsificados.

Destaca que la empresa comparó las unidades falsificadas con los productos originales TRATAMIENTO CAPILAR BTX, TRATAMIENTO CAPILAR NUTRI REPARADORA, y MÁSCARA SUPER ÁCIDA marca PRIMONT elaborados por la firma COSMÉTICA PRIMONT S.R.L. y declararon las diferencias detectadas en relación a características organolépticas, de rotulado y en el tipo de envase utilizado.

Y que teniendo en cuenta las fotografías disponibles, se verificó que los productos señalados por la empresa como falsificados poseen diferencias significativas en sus características visibles externas, a saber: calidad, color, modelo y diseño de los envases; leyendas, información y tipografía que figuran en los rótulos, tamaño y contenido neto.

Además resalta que los productos falsificados no consignan los datos legales sanitarios exigidos por la normativa vigente: la codificación de lote y fecha de vencimiento, el dato de inscripción del producto ante esta Administración Nacional, el dato del responsable de la comercialización y el país de origen.

Y que frente a todo ello se deja constancia que la firma COSMÉTICA PRIMONT S.R.L. se encuentra habilitada ante esta ANMAT como elaboradora y fraccionadora de productos cosméticos capilares y como importador y exportador de productos cosméticos y manifestó que no ha participado en ninguna etapa productiva correspondiente a los productos señalados como falsificados.

Es por ello que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene entiende que los productos denunciados se encuentran en infracción.

Finalmente fija que toda vez que de las circunstancias detalladas se desprende que se trata de productos cosméticos falsificados por lo tanto carecen de los datos de inscripción declarados ante la Autoridad Sanitaria competente, que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y en consecuencia se desconoce si fueron formulados con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto, motivo por el cual no puede garantizarse su calidad ni seguridad de uso, se sugiere la prohibición preventiva de comercialización y uso del producto en todas sus presentaciones.

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