
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial, productos de una marca de granola por contener un ingrediente no permitido y distintas irregularidades administrativas.
La Disposición 3015/2022 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de los productos de la marca Nutrinola: “Granola artesanal - sin azúcar agregada - sin conservantes Energizante con maca andina marca Nutrinola, Granola artesanal - sin conservantes - 100% vegan, nombre de fantasía: Cocada; Granola artesanal - sin azúcar agregada - sin conservantes, nombre de fantasía: Tradicional; Granola tropical - 100% vegan y Granola base - apto vegano - sin conservantes, Santa Fe – Argentina” por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales.
En su considerando explica que las actuaciones se iniciaron a raíz de una denuncia recibida en el Departamento Vigilancia Alimentaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del primero de esos productos que no cumplía la normativa vigente.
Ante ello se realizó una consulta federal a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), para que informe si estaba registrado. No había datos del mismo y además la maca no está contemplada en el Código Alimentario Argentino (CAA), por lo que su uso como ingrediente no está permitido.
Asimismo, señala que hay antecedentes: por Disposición ANMAT N° 5323/2016, publicada en el Boletín Oficial el 19 de mayo del 2016, se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de todo producto en el cual se encuentre entre sus ingredientes maca de cualquier origen y marca.
Conjuntamente, la ASSAl informó que verificó la comercialización en plataformas de venta en línea de otras variedades de granola marca Nutrinola y detalló que en su base de datos no hay registros de los productos con esa marca, denominación y nombre comercial.

Como consecuencia de ello se determinó que el producto “Granola artesanal - sin azúcar agregada - sin conservantes Energizante con maca andina marca Nutrinola” se halla en infracción por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento, y contener un ingrediente no permitido en alimentos.
A su vez se expresó que el resto de las variedades de granola marca Nutrinola se hallan en infracción por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento, “resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales”.
Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, “no podrán ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”.
Finalmente, y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos.
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