
La diputada Karen Reichardt presentará su proyecto de ley para regular criaderos, refugios y hogares de tránsito.
En un acto poco común para lo que es el anuncio de iniciativas parlamentarias, la diputada libertaria pidió el Salón Auditorio Dr. Ricardo Balbín de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina, ubicado en el primer subsuelo del Edificio Anexo A, en Avenida Rivadavia 1841, enfrente del Palacio del Congreso.
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La fecha elegida por la diputada es el próximo 27 de agosto, un día después de lo que se supone será la próxima sesión en la Cámara Baja.
La particularidad no sólo será el espacio elegido sino que, además, la presentación será junto a la dama fuerte de La Libertad Avanza. Según confiaron a infobae desde el despacho de la diputada, del evento participará la Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei.
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“Estamos ultimando detalles y confirmando expositores. Participarán veterinarios, abogados. Criaderos y refugios a favor y en contra del proyecto. Contará con la presencia de Karina Milei”, señalaron.
Esta será la primera vez que la funcionaria más importante después del Presidente Javier Milei, participe de una presentación de este tipo en el Congreso, y se especula que lo haga junto a su perro Thor, un Boyero de Berna que la suele acompañar en su despacho en el ala presidencial de la Casa Rosada.
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Controversias
El proyecto de Reichardt generó polémica en el mundo proteccionista. Las críticas señalan que tiene una mirada “mercantilista” y que equipara a los criaderos comerciales con los refugios y santuarios sin fines de lucro.
El texto del proyecto, que ya tiene giro a la comisión de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda, establece un régimen nacional de presupuestos mínimos para la regulación, habilitación, fiscalización y control de criaderos, refugios, hogares de tránsito y pensionados para animales de compañía en todo el territorio del país.
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El texto propone que la norma sea de aplicación obligatoria para toda persona humana o jurídica, pública o privada, que desarrolle actividades de cría, guarda, alojamiento temporal, rescate, rehabilitación, comercialización y demás servicios vinculados a mascotas. Uno de los ejes del proyecto es la creación del Registro Nacional de Establecimientos para Animales de Compañía.
El proyecto incorpora de forma explícita el reconocimiento de los animales de compañía como seres sintientes y adopta como eje central las “Cinco Libertades” para evaluar el bienestar animal: libre de hambre y sed; libre de miedo y angustia; libre de molestias físicas y térmicas; libre de dolor, lesiones o enfermedades; y libre para expresar las pautas propias de su comportamiento natural. Este reconocimiento no altera el régimen jurídico del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de la titularidad y tenencia de animales.
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En materia de refugios y hogares de tránsito, la norma prohíbe el hacinamiento por encima de la capacidad operativa autorizada, con excepciones para situaciones extraordinarias como catástrofes o rescates judiciales masivos. Además, exige que todos los animales alojados sean esterilizados antes de su entrega en adopción, salvo contraindicación veterinaria fundada. La eutanasia queda permitida únicamente ante enfermedades terminales, lesiones irreversibles o condiciones que generen sufrimiento irremediable, y debe estar respaldada por estudios médicos. Se prohíbe de forma expresa el sacrificio por vejez, falta de plazas o problemas de comportamiento.
Respecto de los criaderos habilitados, el proyecto incorpora criterios sanitarios, genéticos y éticos para prevenir prácticas reproductivas que comprometan la salud de los animales. Prohíbe la reproducción de ejemplares afectados por patologías hereditarias incompatibles con su bienestar y limita los esquemas de reproducción excesiva que vulneren los ciclos biológicos naturales de las hembras.
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Para el control de animales en situación de calle, la iniciativa establece que la gestión poblacional debe basarse en métodos éticos, humanitarios y no letales. Promueve los programas de Captura, Esterilización y Retorno (CER) y campañas masivas de castración, y prohíbe de forma taxativa la eliminación de animales como herramienta de gestión urbana, en línea con recomendaciones técnicas internacionales que señalan que los métodos de captura y eliminación sistemática no son soluciones eficaces ni sostenibles.
El proyecto también regula la comercialización digital de animales de compañía: toda oferta a través de plataformas virtuales deberá estar respaldada por la inscripción y habilitación registral correspondiente. La norma diferencia esta actividad comercial de las acciones de adopción responsable sin fines de lucro, que quedan expresamente permitidas para rescatistas y organizaciones de la sociedad civil.
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Los fondos provenientes de las sanciones económicas que aplique la autoridad de aplicación deberán destinarse exclusivamente a programas de esterilización, asistencia a refugios registrados y campañas de concientización sobre tenencia responsable. Los establecimientos en funcionamiento al momento de la entrada en vigencia de la ley dispondrán de 180 días desde la publicación de la reglamentación para adecuarse a las nuevas exigencias y tramitar su inscripción.
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