El juez que declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final: “Los derechos humanos no son de ningún partido”

Gabriel Cavallo, exjuez federal, dialogó en Infobae al Regreso sobre el proceso que habilitó los juicios a los responsables de la dictadura y criticó la apropiación partidaria de las banderas de derechos humanos

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Gabriel Cavallo, el exjuez federal que anuló las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, resaltó el carácter excepcional del proceso judicial argentino tras la dictadura militar

En una entrevista en Infobae en vivo, Gabriel Cavallo reflexionó sobre los 50 años desde el inicio de la dictadura militar, reivindicó el proceso judicial contra los responsables de crímenes de lesa humanidad y criticó la apropiación política de los derechos humanos.

En una charla con el equipo de Infobae al Regreso, integrado por Gonzalo Aziz, Diego Iglesias, Malena de los Ríos y Mica Mendelevich, Cavallo recordó: “Estos 50 años los celebro democráticamente y mi familia también”. El exjuez remarcó el carácter excepcional del proceso judicial argentino: “Fueron muy pocas las naciones que tuvieron un problema similar como el que tuvo la Argentina durante el gobierno militar y pudieron juzgar y condenar a los autores de semejante matanza”.

La evolución de la justicia argentina y los límites de la memoria

Cavallo explicó el valor de las condenas dictadas tras la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final: “Hoy la Argentina ya sabe, la sociedad argentina sabe que eso no es así y no va a ser nunca más así. Y la justicia dio respuesta a esto”. Al referirse a la memoria y el discurso oficial, advirtió: “Sé que hay mucha discusión respecto de una memoria completa o una cosa así que dijo el Gobierno hoy. La verdad que yo no lo vi, pero a mí me parece en ese punto que hay un error en la evaluación de las cosas”.

El exjuez diferenció el terrorismo
El exjuez diferenció el terrorismo de Estado de los delitos comunes, subrayando la gravedad única de los crímenes de lesa humanidad (Infobae en Vivo)

El exjuez distinguió entre el terrorismo de Estado y otros delitos: “Hay que distinguir la comisión de delitos desde el Estado, cometidos por el Estado, de aquella cometida por particulares. No se puede comparar una cosa con la otra”. Y remarcó: “El dolor no se puede comparar, pero los hechos desde el punto de vista jurídico son incomparables. No se puede comparar un plan sistemático para acabar con un sector claramente identificado dentro de la sociedad civil por razones políticas, religiosas, de raza, como es un crimen de lesa humanidad, con un crimen común”.

Cavallo resaltó la magnitud del proceso judicial: “Hay más de 1.300 condenas. Este año se cumplieron 25 años desde que la Argentina pudo derogar las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que lo hice yo. Y luego, al otro año, derogar los indultos, lo que pudo habilitar a los jueces a juzgar lo que se había cometido y no había podido juzgarse por la vigencia de esas leyes de impunidad”.

El argumento jurídico y el contexto internacional

Al ser consultado sobre el razonamiento para declarar la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad, Cavallo repasó: “Nosotros estuvimos estudiando el caso un año. El caso nació cuando yo entregué a una nieta desaparecida a su familia de origen. Era un caso especial porque las personas que habían secuestrado a esta menor eran las mismas que habían secuestrado a sus padres. Yo podía condenar a los padres apropiadores y a los militares que la habían apropiado, pero no podía condenarlos por haber matado a sus padres”.

La Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación validó en 2007 la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, consolidando los juicios a represores (Jaime Olivos)

Subrayó la paradoja legal: “Eso no superaba los tests de razonabilidad que la Corte exige para poder rever una sentencia”. Y argumentó sobre la apertura internacional: “La Argentina había firmado tratados internacionales que la obligaban internacionalmente a juzgar a los militares y nos ponía eso en una responsabilidad internacional muy grande. Recuerden ustedes que cada vez que un presidente argentino viajaba al exterior había manifestaciones en las calles pidiéndonos el juzgamiento”.

Cavallo precisó que el contexto histórico fue determinante: “Había otras leyes, otros tratados internacionales que la Argentina había firmado y que la obligaban a tomar una posición mucho más firme de la que se había tomado hasta ese momento”.

Finalmente, destacó: “Seis años después, la Corte convalidó ese criterio, dijo que sí, que eran inconstitucionales y consecuentemente todos los procesos que se iniciaron en 2001 se llegaron a condena y hoy se están cumpliendo esas condenas”.

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