
Hoy se elegirán representantes para ocupar la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. En total, estarán en juego 127 bancas de diputados nacionales y 24 de senadores.
La veda electoral rige desde las 8.00 de este viernes en todo el país, y se extenderá hasta las 21.00 del domingo.
Estas elecciones marcarán el debut de la Boleta Única de Papel (BUP) para comicios nacionales.
Cómo se vota con la Boleta Única de Papel
El procedimiento de votación es sencillo y presenta pasos bien definidos:
- El presidente de mesa entregará la Boleta Única de Papel y un bolígrafo al votante.
- En el cuarto oscuro, se debe marcar de forma clara la opción de preferencia en el recuadro de cada categoría usando la lapicera provista. Solo es válido realizar una marca por categoría.
- La boleta debe plegarse siguiendo las instrucciones para asegurar el secreto del sufragio y colocarse en la urna.
- En este sistema, todas las opciones partidarias y candidaturas se presentan en columnas, y cada categoría a elegirse figura en una fila, lo que facilita la visualización integral y evita el faltante de boletas específicas. Ya no es posible elegir una lista completa con una sola marca: el elector debe seleccionar una candidatura por cada categoría.
Qué pasa si me equivoco al marcar la BUP: ¿puedo pedir otra boleta?
La Cámara Nacional Electoral (CNE) explicó el procedimiento que se debe seguir en caso de que el elector se confunda al marcar la Boleta Única de Papel.
El votante debe doblar la BUP y dársela al presidente de mesa mencionando que hubo un error. La autoridad la ubicará en el sobre de boleta reemplazada y va a completar en el mismo la información requerida. A continuación, le entregará al elector una nueva BUP que sacará del talonario y la firmará para que pueda regresar a la cabina de votación.
El sobre con la BUP reemplazada volverá a la Justicia Nacional Electoral dentro del bolsín precintado en el que el presidente de mesa manda todos los materiales una vez finalizada la jornada electoral
Qué se considera un voto nulo
La Cámara Nacional Electoral establece que un voto se considerará nulo si:
- Se utiliza una boleta no oficializada.
- Se marcan dos o más opciones para la misma categoría, lo que anula exclusivamente esa categoría.
- La boleta está rota y no permite determinar la opción preferida.
- Se agregan inscripciones, imágenes o leyendas que impidan identificar el voto.
- Se incluyen objetos extraños junto con la boleta en la urna.
Qué se considera un voto afirmativo

El voto afirmativo se produce cuando el elector marca una única opción en la categoría correspondiente, seleccionando la lista y candidatos de su preferencia conforme a lo que establece la BUP. Según la información oficial, la validez del voto depende de que solo una casilla por categoría figure marcada: una para Diputados y otra para Senadores en los distritos en los que corresponde elegir ambas cámaras.
Cualquier marca que distinga de modo inequívoco la preferencia del votante se considera válida. Puede consistir en una cruz, un tilde u otra señal clara, siempre hecha con la lapicera provista en el cuarto oscuro y sobre la boleta única oficializada. El voto afirmativo implica una manifestación positiva y expresa de la voluntad del votante hacia una propuesta electoral.
Qué se considera un voto en blanco
El voto será en blanco cuando no se marque ninguna opción en una o más categorías. Además, existen votos recurridos —cuestionados por los fiscales y que requieren fundamentación escrita— y votos de identidad impugnada, originados por dudas respecto a la identificación del elector.
Qué se vota en las elecciones del 26 de octubre, provincia por provincia

Todas las provincias argentinas participan de la renovación parcial de la Cámara de Diputados de la Nación. Este proceso establece que cada dos años, la totalidad de los distritos eligen la mitad de sus representantes nacionales, conforme al sistema proporcional dispuesto por la ley.
Además, ocho de esas provincias renovarán un tercio del Senado, que equivale a 24 bancas en juego.
Cargos a elegir, provincia por provincia:
- Capital Federal: 3 senadores nacionales, 13 diputados nacionales
- Buenos Aires: 35 diputados nacionales
- Jujuy: 3 diputados nacionales
- Salta: 3 senadores y 3 diputados
- Tucumán: 4 diputados nacionales
- Catamarca: 3 diputados nacionales
- La Rioja: 2 diputados nacionales
- San Juan: 3 diputados nacionales
- San Luis: 3 diputados nacionales
- Mendoza: 5 diputados nacionales
- Neuquén: 3 senadores nacionales, 3 diputados nacionales
- Río Negro: 3 senadores nacionales, 2 diputados nacionales
- Chubut: 2 diputados nacionales
- Santa Cruz: 3 diputados nacionales
- Tierra del Fuego: 3 senadores nacionales, 2 diputados nacionales,
- Formosa: 2 diputados nacionales
- Chaco: 3 senadores nacionales, 4 diputados nacionales
- Santiago del Estero: 3 senadores nacionales, 3 diputados nacionales
- Misiones: 3 diputados nacionales
- Corrientes: 3 diputados nacionales
- Santa Fe: 9 diputados nacionales
- Entre Ríos: 3 senadores nacionales, 5 diputados nacionales
- Córdoba: 9 diputados nacionales
- La Pampa: 3 diputados nacionales
Por otro lado, un conjunto de provincias optó por votar autoridades locales en simultáneo con las elecciones nacionales del 26 octubre:
- Catamarca elige 21 diputados provinciales y 8 senadores provinciales
- La Rioja elige 18 diputados provinciales
- Mendoza elige 24 diputados provinciales y 19 senadores provinciales
- Santiago del Estero elige gobernador y 40 diputados provinciales
Cuál es el rol de las autoridades de mesa
Al ingresar a los establecimientos educativos designados como centros de votación, los electores serán recibidos por las autoridades de mesa, compuestas por un presidente y un vocal, junto a los fiscales partidarios. El presidente de mesa asume la función principal de dirección y control en la mesa asignada. Entre sus tareas se encuentran la instalación de la mesa, la preparación de la cabina de votación, la verificación de la identidad de los votantes, la gestión de la documentación electoral y la realización del escrutinio final. El vocal colabora en estas funciones y asume la presidencia en caso de ausencia temporal o permanente del titular, debiendo dejar constancia en el acta de la hora en que toma el cargo.
Los fiscales partidarios representan a cada agrupación política y pueden ser designados uno por mesa y uno general por fuerza. Su presencia garantiza la transparencia del proceso y les permite intervenir en la fiscalización de los votos.
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