El Senado votó el rechazo al veto impuesto por el presidente Javier Milei a la ley de reparto de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). Ahora, la discusión pasará a la Cámara de Diputados.
Esta ley fue sancionada inicialmente a finales de agosto. Proponía un nuevo marco para distribuir esa masa de fondos públicos, creado por la retención de un porcentaje de los fondos de coparticipación federal. El fondo de ATN existe por mandato de la Constitución Nacional y tiene como objetivo tener una caja de recursos disponibles para que el Estado nacional asista a las provincias que atraviesen emergencias.
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Disconformes con la forma en que la gestión de Milei aplicaba esos recursos, los gobernadores pidieron que se reglamente la distribución de esos recursos de tal manera que el tesoro nacional esté obligado a repartirlos, con menos margen de discrecionalidad.
Sin embargo, el 12 de septiembre, Milei decidió vetarla, frenando así su implementación.
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No obstante, el veto presidencial no fue suficiente para evitar la vigencia de la ley, ya que la misma Constitución le deja a una posibilidad al Congreso para insistir, en caso de que una mayoría agravada de legisladores apoye la iniciativa. Fue lo que ocurrió finalmente.
Para que ello, la norma fue votada por los dos tercios de los presentes tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Con semejante nivel de consenso, el proyecto volvió a tener fuerza de ley, quedando sin efecto el veto del Poder Ejecutivo.
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La aprobación de la norma se dio luego de un proceso de fuertes tensiones entre el gobierno central y los gobiernos provinciales por el manejo discrecional de los fondos. Los ATN, como instrumento financiero de asistencia a las provincias, constituyen un recurso clave que da forma a la relación de poder entre los distritos que los reclaman y la Nación que tiene la potestad de asignarlos en función de criterios políticos.
¿De qué trata este Fondo?
El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) está anclado en la arquitectura fiscal argentina como el residuo del sistema de coparticipación federal de impuestos. Este 1% destinado a los ATN se extrae antes de la distribución automática de los fondos coparticipables que corresponde a las provincias.
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La administración de este fondo queda íntegramente bajo la órbita del Poder Ejecutivo nacional. Tradicionalmente, el Ministerio del Interior se encargaba de determinar tanto los destinatarios como los montos de las transferencias.
El fondo de ATN se pensó, en su origen, como un recurso de contingencia. Así figura en el articulado de la Ley 23.548: atender desequilibrios inesperados y emergencias financieras que pudieran afrontar los gobiernos provinciales.
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Sin embargo, en la práctica, la falta de criterios preestablecidos y la capacidad del Ejecutivo de disponerlos transformaron al ATN en un instrumento altamente politizado. De hecho, los gobernadores han denunciado reiteradamente que esta discrecionalidad se traduce en reparto desigual o arbitrario, y en ocasiones como herramienta de presión por parte del gobierno central.
La iniciativa aprobada en el Congreso—y vetada por el presidente Milei—plantea un cambio profundo: convertir el ATN en parte del sistema de reparto automático previsto para la coparticipación federal. Así, su distribución dejaría de depender de la voluntad política del Poder Ejecutivo y pasaría a ajustarse a los coeficientes objetivos que ya rigen para los otros fondos coparticipables.
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Esta modificación propuso incorporar el ATN a la Ley 11.672, garantizando la remisión automática y diaria de los recursos, y considerando formalmente estos fondos como integrantes del conjunto coparticipable.
Según cifras oficiales, el crecimiento en la transferencia de ATN en lo que va de 2025 -un 70% más que el total de 2024- evidencia la importancia del fondo en un contexto fiscal restrictivo y con provincias enfrentando dificultades financieras, pero también refuerza el debate sobre la necesidad de mayor transparencia y equidad en la asignación de estos recursos.
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Los argumentos de Milei para vetar la ley
El Presidente fundamentó su decisión de vetar la ley sancionada por el Congreso. Uno de los argumentos centrales expuestos señaló que el proyecto legislativo pretende reorientar los recursos del ATN hacia un esquema de distribución automática conforme a los coeficientes de coparticipación general.
Según el texto oficial, tal medida alteraría la finalidad que la ley asigna a los ATN, dificultando su empleo como herramienta para atender emergencias y desequilibrios financieros en las provincias. En otras palabras, el jefe de Estado argumentó que la posibilidad de utilizar en forma discrecional los fondos se entiende por la posibilidad cierta de que en cada periodo ocurran hechos imponderables.
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El decreto enfatizaba que la naturaleza discrecional de estos fondos responde a la necesidad de dotar al Estado nacional de mecanismos de respuesta inmediata para situaciones imprevistas.
El jefe de Estado expresó en reiteradas ocasiones que la ley vetada representa un riesgo para el equilibrio fiscal de la administración nacional. En concreto, aduce que la automatización del reparto privaría al gobierno central de “una herramienta de acción inmediata frente a emergencias y desequilibrios financieros que requieren decisiones rápidas y acordes a su carácter imprevisto”.
Desde la Casa Rosada, la defensa de la discrecionalidad se vincula a una visión estructural del federalismo argentino. Según lo expresado en los fundamentos del veto, la posibilidad de asignar recursos del ATN sin reglas fijas no sería un diseño legal arbitrario, sino una consecuencia de la historia institucional del país y de la dinámica federal, que requiere “mecanismos de auxilio excepcionales y ágiles dotados de la necesaria flexibilidad”.
Por otra parte, el veto presidencial refleja una estrategia política para preservar instrumentos que permitan gestionar los vínculos Nación-provincias en un escenario donde las transferencias de fondos se revelan como uno de los principales vasos comunicantes. El oficialismo sostiene que restringir la capacidad de decisión del Ejecutivo sobre los ATN debilitaría la respuesta estatal ante situaciones extraordinarias, colocando a las provincias y al propio Estado nacional en una posición de vulnerabilidad frente a crisis inesperadas.
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