Este domingo 26 de octubre se desarrollarán las elecciones legislativas nacionales en las que se renovarán parcialmente ambas cámaras del Congreso de la Nación. En concreto, se elegirán 127 diputados y 24 senadores. Para poder participar de los comicios es necesario figurar en el padrón electoral y acreditar la identidad con un documento válido para votar al momento de emitir el sufragio. El horario de votación para votar este domingo es de 8.00 a 18.00.
Cabe señalar que desde este viernes a las 8.00 rige la veda electoral en todo el país, que se extenderá hasta las 21.00 del domingo.
Podés encontrar a los principales candidatos de cada fuerza política en todo el país acá.
Cómo consultar dónde voto en las elecciones 2025, paso a paso
Para averiguar el número de orden, la mesa y el centro a dónde votar se deben realizar los siguientes pasos:
- Ingresar a la web oficial de la Cámara Nacional Electoral, en https://www.padron.gob.ar/.
- Ingresar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Asignar un género (masculino, femenino o sin especificar).
- Seleccionar un distrito.
- Completar el verificador de seguridad.
Una vez realizado este procedimiento, el sistema mostrará los datos del establecimiento de votación, la mesa y el número de orden para emitir el voto el 26 de octubre.
También puede consultar el padrón electoral definitivo acá:
Si no podés consultar el padrón ingresá acá
Con qué documentos se puede votar en las elecciones nacionales
Desde la página oficial del Estado argentino determinan que las elecciones legislativas 2025 “se regulan por lo dispuesto en la Constitución Nacional en conjunto con diversas leyes, decretos y disposiciones de alcance nacional”.
En ese sentido, el Código Nacional Electoral señala en el Título VIII, referido a las Disposiciones Generales y Transitorias, que, según el Artículo N°167, “la Libreta de Enrolamiento (Ley 11.386), la Libreta Cívica (Ley 13.010) y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus formatos (Ley 17.671) son documentos habilitantes a los fines de esta ley”.
Quiénes pueden votar en las elecciones del 26 de octubre
Según el Título I del Cuerpo Electoral, en su primer capítulo “de la calidad, derechos y deberes del elector”, son electores “los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”.
En ese sentido, el derecho y deber cívico de votar en las elecciones nacionales corresponde a todos los electores que hayan cumplido 16 años o más en la fecha de los comicios. Aunque la participación es obligatoria, quienes tengan menos de 18 años o más de 70 no serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar si no concurren a sufragar.
La participación electoral de los argentinos residentes en el extranjero presenta particularidades definidas por la legislación vigente. Para quienes hayan registrado su domicilio fuera del país antes del 19 de abril de 2025, la normativa les otorga la posibilidad de ejercer el voto de manera optativa en los comicios nacionales. Esta condición implica que no existe obligación legal de sufragar, a diferencia de lo que ocurre con los ciudadanos que residen en territorio argentino.
El procedimiento para estos votantes contempla dos alternativas. Por un lado, pueden acudir personalmente al consulado o embajada correspondiente a su lugar de residencia para emitir su voto. Por otro, se les habilita la opción de realizar el trámite mediante envío postal, facilitando así la participación de quienes se encuentran lejos de las sedes diplomáticas.

En otro aspecto, el Código Nacional Electoral extiende el derecho al voto a las personas privadas de libertad bajo prisión preventiva. Para que puedan ejercer este derecho, es requisito que figuren en el Registro de Electores Privados de Libertad, el cual es confeccionado por la Cámara Nacional Electoral. De este modo, tanto los argentinos en el exterior como quienes se encuentran detenidos preventivamente cuentan con mecanismos específicos para participar en los procesos electorales nacionales.
Qué se vota el 26 de octubre
Los argentinos empadronados votarán el próximo 26 de octubre para cubrir 24 bancas del Senado de la Nación y 127 escaños de la Cámara de Diputados que se renovarán ese año.
A continuación, el detalle de los cargos que se eligen, provincia por provincia:
- Jujuy: 3 Diputados/as Nacionales
- Salta: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Tucumán: 4 Diputados/as Nacionales
- Catamarca: 3 Diputados/as Nacionales
- La Rioja: 2 Diputados/as Nacionales
- San Juan: 3 Diputados/as Nacionales
- San Luis: 3 Diputados/as Nacionales
- Mendoza: 5 Diputados/as Nacionales
- Neuquén: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Río Negro: 3 Senadores/as Nacionales, 2 Diputados/as Nacionales
- Chubut: 2 Diputados/as Nacionales
- Santa Cruz: 2 Diputados/as Nacionales
- Tierra del Fuego: 3 Senadores/as Nacionales, 2 Diputados/as Nacionales
- Formosa: 2 Diputados/as Nacionales
- Chaco: 3 Senadores/as Nacionales, 4 Diputados/as Nacionales
- Santiago del Estero: 3 Senadores/as Nacionales, 3 Diputados/as Nacionales
- Misiones: 3 Diputados/as Nacionales
- Corrientes: 3 Diputados/as Nacionales
- Santa Fe: 5 Diputados/as Nacionales
- Entre Ríos: 3 Senadores/as Nacionales, 5 Diputados/as Nacionales
- Córdoba: 9 Diputados/as Nacionales
- Capital Federal: 3 Senadores/as Nacionales, 13 Diputados/as Nacionales
- Buenos Aires: 35 Diputados/as Nacionales
- La Pampa: 3 Diputados/as Nacionales

Además, Mendoza, Catamarca, La Rioja y Santiago del Estero celebrarán elecciones locales al mismo tiempo que las nacionales.
Cómo se vota con a Boleta Única de Papel
El sistema de Boleta Única de Papel establece un procedimiento específico para la emisión del voto. Al ingresar al establecimiento, el votante recibe de la autoridad de mesa una boleta y un bolígrafo. Dentro del cuarto oscuro, debe marcar su preferencia en el recuadro correspondiente de cada categoría, utilizando únicamente la lapicera entregada. Solo se permite una marca por categoría.
El diseño de la boleta organiza las opciones partidarias y candidaturas en columnas, mientras que cada categoría a elegir se dispone en filas. Este formato permite visualizar todas las alternativas en una sola hoja y elimina la necesidad de múltiples boletas.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) define el voto en blanco como aquel en el que el elector no realiza ninguna marca en una o más categorías.
En contraste, el voto nulo se produce si se utiliza una Boleta Única no oficializada, si se marcan dos o más agrupaciones políticas en la misma categoría —afectando solo a esa categoría—, si la boleta está rota de modo que impida identificar la opción elegida, si contiene inscripciones o imágenes ajenas a la marca electoral que dificulten la determinación del voto, o si se introducen objetos extraños junto con la boleta plegada.En elecciones donde se eligen diputados y senadores, como ocurre en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), el votante debe marcar una opción diferente en cada casillero correspondiente.
Qué pasa si no voy a votar el 26 de octubre
En el apartado referido a las faltas electorales del Código Nacional Electoral, en el Artículo Nº 125, se estipula una multa económica “entre $50 y $500″ al elector entre los dieciocho y menor de setenta años que no vote y no justifique su falta de voto ante la Justicia Nacional Electoral dentro de 60 días.
Además, el infractor será incluido en el Registro de infractores al deber de votar y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Durante un año, tampoco podrán renovar el pasaporte ni realizar gestiones ante organismos públicos.
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