
El próximo 7 de septiembre, más de 14 millones de bonaerenses acudirán a votar para renovar bancos en la Legislatura provincial y elegir autoridades municipales. Ese día se definirán 46 bancas de diputados y 23 de senadores provinciales, así como concejales y consejeros escolares en los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires.
El sufragio es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 70 años, mientras que los menores de 18 y los mayores de 70 pueden participar de forma voluntaria. A diferencia de los comicios nacionales, estas elecciones se celebrarán en una fecha separada, lo que permite a los electores bonaerenses concentrarse solamente en cargos provinciales y municipales.
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Los horarios de votación
Las mesas de votación estarán abiertas de 8:00 a 18:00 horas. Los electores deben presentar un documento válido, que puede ser Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento, DNI Libreta Verde, DNI Libreta Celeste o DNI Tarjeta, siempre que sea el mismo que figura en el padrón o uno posterior.

El sistema de boleta partidaria seguirá vigente: cada partido entregará una boleta de papel con todos sus candidatos y el votante podrá introducirla completa o combinar secciones de diferentes listas. La provincia se divide en ocho secciones electorales, lo que determina la selección de senadores, diputados, concejales y consejeros escolares en esta jornada.
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¿Qué pasa si llegó a mi lugar de votación después de las 18h?
A las 18:00, las mesas cerrarán y solo estarán habilitados para sufragar quienes ya se encuentren dentro del establecimiento o formando fila. Todas las personas presentes en ese momento podrán votar, siempre y cuando ya estén en el lugar.
Quienes lleguen después de las 18:00, cuando las puertas estén cerradas, no tendrán posibilidad de emitir su voto. No se admiten excepciones fuera de ese horario, de acuerdo con la disposición de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
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Qué pasa si no voy a votar
El voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 70 años, y la inasistencia puede justificarla solo por causas de fuerza mayor, enfermedad acreditada o encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación.
Si no se justifica, la persona queda registrada como infractora, lo que puede derivar en sanciones y la inclusión en el Registro de Infractores. Las multas pueden variar según el caso y, en situaciones como la reincidencia o la infracción a la veda electoral, existen sanciones económicas y penales. Además, la Ley Nacional Electoral establece que la veda prohíbe actividades como el consumo y venta de bebidas alcohólicas, actos de campaña y difusión de encuestas desde las 20:00 del sábado anterior hasta tres horas después de cerrados los comicios.
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Cómo saber dónde voto
Para poder participar, es necesario figurar en el padrón electoral definitivo, el cual está disponible en el sitio oficial de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires. Para consultar la escuela, mesa y número de orden asignados, hay que ingresar el número de DNI, indicar el género según el documento, completar el código de verificación y obtener los datos del lugar de votación.
Están habilitados a votar los ciudadanos con 16 años cumplidos al día de la elección, incluidos más de un millón de extranjeros residentes en la provincia. Solo los de entre 18 y 70 años tienen la obligación legal de sufragar en esta jornada electoral.
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