
Los jefes de bloque del Senado y la vicepresidenta y titular de la Cámara alta, Victoria Villarruel, realizaron esta tarde una reunión de Labor Parlamentaria para confirmar la realización de una sesión homenaje al Papa Francisco pasado mañana. Además, se acordó -sin consenso unánime- posponer el debate de Ficha Limpia al miércoles 7 de mayo próximo y no al 8, como adelantó esta mañana Infobae.
En la sesión para dentro de dos semanas -a validarse en el acta de Labor Parlamentaria, aún en proceso de digitalización- también aparecerá la aprobación de los pliegos de los embajadores argentinos en Estados Unidos y España, Alejandro Oxenford y Wenceslao Bunge Saravia, respectivamente.
Un tercer punto -demorado, a esta altura- para dicho encuentro en el recinto será la votación de autoridades del Senado, donde se espera ratificar a la mayoría y aprobar la designación de Emilio Viramonte Olmos como nuevo secretario administrativo, que es la caja y corazón de la Cámara alta.
La dilación sobre Ficha Limpia generó un clima espeso en el Senado, con legisladores del oficialismo y de la oposición dialoguista que cruzan acusaciones contra el Gobierno y sus principales asesores por movimientos difíciles de comprender pero que, en el fondo, estiran aún más la definición de este tema, que el kirchnerismo quiere evitar a toda costa.

En medio de todo esto aparece también el PRO que, por momentos, parece mucho más preocupado -sobre todo, en Diputados- en el “copyright” de la ley más que en su sanción. Al término de Labor Parlamentaria, un legislador confió a este medio: “Nosotros estamos para votarla esta misma semana o la siguiente, pero el oficialismo prefirió que pasara todo al 7 de mayo y es lo que se pudo acordar con otros que, al final, se sumaron a esa jugada”.
Lo cierto es que si bien nunca hubo una convocatoria formal para sesionar por Ficha Limpia pasado mañana, la intención y los votos -mínimo 37, la mayoría absoluta por ser una ley electoral- estarían blindados. No obstante, hasta no llegar al recinto y, tras las volteretas de las últimas semanas, ningún escenario debe ser descartado.
Al ser consultado sobre una potencial comitiva para viajar a Roma -y quién se hará cargo de los inevitables gastos-, otro senador manifestó con una sonrisa a Infobae: “Tengo entendido que quien quiera ir, lo tendrá que hacer por su cuenta. Eso sólo se corroborará con el paso de las semanas”.
Qué dice la ley de Ficha Limpia
La norma modifica las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloquearía a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

En concreto, abraza a los “delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal”. También, a los “delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal”.
Además, quedarán comprendidos en este mecanismo “todo otro delito doloso contra la administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución”.
En Diputados se eliminó la denominada “cláusula Petri” -en referencia al texto que produjo, entre otros, el ministro de Defensa, Luis Petri-, por lo que el artículo uno sostendrá la vigencia de la Ficha Limpia en “aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”. Es decir, a la confección de los padrones hasta 180 días antes de la elección general.
Por otra parte, “si la confirmación de la condena en instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”. En tanto, “la ilegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, hasta su eventual revocación o hasta el cumplimiento de la pena correspondiente”.

En el artículo 2, el inciso A se cambió en la Cámara baja por el siguiente: “La Cámara Nacional Electoral llevará un registro público de ficha limpia en donde constarán las sentencias dictadas en los términos del artículo 1, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias”.
Junto a los cargos electivos, los involucrados en la ley tampoco podrán ser designados como “jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social”, así como de cuerpos colegiados, personal diplomático, ni representantes en empresas con participación estatal de cualquier clase.
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