El Gobierno otorgó un bono al personal de las fuerzas de seguridad y armadas en actividad

Se trata de una suma fija remunerativa que se pagará de forma “excepcional, por única vez” y será de “percepción única por persona, tal como establecen los decretos 781/2024 y 778/2024

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El bono se cobrará con los haberes correspondientes al mes de septiembre (Foto: Gustavo Gavotti)
El bono se cobrará con los haberes correspondientes al mes de septiembre (Foto: Gustavo Gavotti)

El Gobierno nacional otorgó una suma fija para todo el personal de las fuerzas de seguridad y de la Armada en actividad, con el objetivo de mejorar los ingresos de los trabajadores para mantener la adecuada dedicación y la correcta ejecución de las actividades que desarrolla el personal involucrado.

El bono será de 60 mil pesos y alcanza al personal con estado militar de gendarme en actividad de la Gendarmería Nacional, a aquellos con estado policial en actividad de la Prefectura Naval Argentina (PNA), a los oficiales de la Policía Federal Argentina (PFA), al personal con estado policial en actividad de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA); al personal en actividad del Servicio Penitenciario Federal y al personal en actividad de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal. Todos ellos dependientes del Ministerio de Seguridad.

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Esta suma fija que será “remunerativa, excepcional, por única vez y de percepción única por persona” también le corresponderá al personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas, como así también a los oficiales de la Policía de Establecimientos Navales y al personal civil en actividad de la Inteligencia de las Fuerzas Armadas. Tal como se establece, el bono se cobrará junto con los haberes correspondientes al mes de septiembre.

“El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con los créditos que se asigne a la Jurisdicción respectiva del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional”, establece los decretos 781/2024 y 778/2024, publicados esta madrugada en el Boletín Oficial.

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Esta suma fija que será “remunerativa, excepcional, por única vez y de percepción única por persona”

Con respecto a las fuerzas de seguridad, el Ejecutivo explicó que el propósito de otorgar esta suma es “reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación para la correcta ejecución de las actividades encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, el Gobierno nacional considera necesaria la implementación de medidas concretas que impacten positiva y directamente en la capacidad adquisitiva de dicho personal”.

A su vez, indicaron que “esta medida tiende a garantizar la igualdad del personal antes mencionado, en relación con las actualizaciones acordadas para el personal permanente y no permanente incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional”.

Por otro lado, el decreto que establece el pago de la suma fija a las Fuerzas Armadas plantea que, “para garantizar el camino de recuperación económica, el Gobierno nacional considera necesario mejorar los ingresos de los trabajadores con el fin de mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación para la correcta ejecución de las actividades que desarrolla el personal involucrado en esta medida”.

La medida se hizo efectiva tan solo dos días después de que el Gobierno publicara un DNU que mejora el tiempo de cobro de los aumentos salariales en las Fuerzas Armadas, puesto que, anteriormente, los uniformados percibían los incrementos con un mes de demora en relación con el resto de los estatales.

Con la firma del total de los ministros del Gabinete nacional, y tras una gestión del Ministerio de Defensa, a cargo de Luis Petri, el Poder Ejecutivo resolvió modificar la Ley N° 11.672 complementaria de Presupuesto para permitir que las FFAA puedan percibir los aumentos en el mismo mes en el que son otorgados al resto de la Administración Pública Nacional (APN). Se trata de una “demanda histórica” del personal castrense, según señalaron fuentes oficiales.

El Decreto 775/2024, publicado el viernes en el Boletín Oficial, reemplazó el artículo 86 de la Ley N° 11.672, que regula los incrementos salariales en el marco de la negociación colectiva en el Estado nacional. El texto incluye un agregado que extiende estas retribuciones a los militares, con el fin de equiparar la situación con el personal civil de las FFAA que ya gozan de este derecho. “También se tendrán por cumplidas las disposiciones del Artículo 79 de la Ley N° 11.672 –Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) cuando se trate de incrementos en las retribuciones del personal no civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuyo otorgamiento se corresponda con incrementos homólogos a los mencionados en el primer párrafo del presente artículo”, señala el decreto en su artículo 1 al respecto.

Con la legislación anterior, según explicaron desde el Gobierno, el personal militar cobraba sus aumentos con un mes de demora respecto al resto de los empleados estatales. Esto generaba un perjuicio económico y una pérdida de poder adquisitivo frente a la inflación.

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