
A través del nuevo programa “Responsabilidad Alimentaria”, empresas de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) comenzarán a relevar anualmente a todos sus trabajadores para certificar que no sean deudores alimentarios, a la vez que exigirán una certificación para las nuevas contrataciones.
Hasta el momento, son 30 las organizaciones en las que aplica la medida, ya que solo abarca a aquellas empresas que decidan inscribirse en el programa del Ministerio de Justicia porteño. El objetivo es que los empleadores adheridos empujen a sus trabajadores a “revertir los casos de incumplimiento de la ley”.

Esta medida se implementará mediante el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que cuenta con más de 10 mil personas inscritas por orden judicial, de acuerdo con información del Gobierno de la Ciudad.
“Con el programa ‘Responsabilidad Alimentaria’, buscamos involucrar a las empresas en un rol activo en la protección de los derechos de los más vulnerables. Esto se logrará mediante la exigencia del certificado de deudor alimentario para nuevas contrataciones y la revisión anual de su personal para detectar incumplimientos”, añadió Hernán Najenson, subsecretario de Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.
Por su parte, el titular de Justicia del Gobierno de la Ciudad, Gabino Tapia, aseguró: “Vamos a seguir promoviendo este tipo de programas, porque tenemos la convicción de que la única forma de trabajar por un país más justo es haciéndolo codo a codo con el sector privado”.

El evento de lanzamiento del programa contó con la presencia del secretario de Justicia, Jorge Djivaris; la presidenta del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, Karina Leguizamón; y el vicepresidente primero de la Legislatura, Matías López. Además, el cierre incluyó un panel con la subsecretaria de la Mujer, Carolina Barone, y la subsecretaria de Cultura Ciudadana y Derechos Humanos, Pamela Malewicz.
Quiénes son “deudores alimentarios morosos”
Los padres, madres, hijos, esposos y parientes que incumplen total o parcialmente con las obligaciones alimentarias establecidas por un juez o por sentencia judicial enfrentan un listado de consecuencias legales en CABA. El incumplimiento tiene que haberse dado durante tres períodos consecutivos o cinco alternados para que se tomen medidas al respecto.
Así, aquellas personas incluidas en el registro de deudores, por ejemplo, no pueden abrir cuentas corrientes ni obtener tarjetas de crédito, tampoco ser designados funcionarios jerárquicos. En esa línea, el Banco de la Ciudad no puede otorgar o renovar créditos sin solicitar la certificación del registro: si el solicitante se encuentra en ese listado, la entidad debe retener el importe de los alimentos y depositarlos judicialmente.

En tanto, las licencias de conducir y sus renovaciones están sujetas a esta ley. Los taxistas, fleteros, colectiveros y choferes pueden recibir un permiso provisorio válido por 45 días, por única vez.
Los proveedores de todos los organismos de la Ciudad de Buenos Aires, por su parte, deben adjuntar una certificación del registro como requisito de inscripción. Las restricciones para los deudores también abarcan habilitaciones, concesiones, licencias y permisos.
El artículo 8° de la Ley 269 de la Legislatura porteña añade que, cuando la explotación de una actividad o local con habilitación cambia de titularidad, se debe pedir la certificación del titular y el adquiriente: “De comprobarse la existencia de deuda alimentaria, la transferencia no quedará perfeccionada hasta tanto se regularice la situación”.
El siguiente artículo detalla, como requisito para la habilitación de un candidato en la ciudad, la certificación de que el postulante a un cargo electivo no es deudor.
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