
La Justicia Federal determinó que el próximo 3 de julio se definirá la extradición a Chile de Facundo Jones Huala, el líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).
El dirigente es requerido por las autoridades judiciales del país trasandino para que termine de purgar una condena a seis años de prisión por el incendio de una vivienda y la portación ilegal de armas caseras, de la que le resta cumplir 1 año y cuatro meses.
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Jones Huala permanece detenido en la Unidad Penitenciaria 14 de la misma localidad donde se realizará el juicio de extradición. El Juez Federal Subrogante de Bariloche, Gustavo Villanueva, dispuso que el proceso se realice en un escuadrón de Gendarmería donde se prevé acceso restringido y medidas de seguridad extremas.
La Gremial de Abogados que representa al único integrante expreso de la RAM cuestionó la sede que eligió el magistrado y lo atribuyó al “temor que le tiene a la gente, al pueblo, a cualquier atisbo de solidaridad expresada en movilización popular”.
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Es que en 2018, cuando se realizó la última extradición de Jones Huala, la audiencia de debate se llevó a cabo en un gimnasio municipal de Bariloche al que sólo se permitió el acceso a un grupo limitado de personas y medios de prensa.
En aquel momento, el mapuche también estaba detenido en Esquel y su traslado se realizó en helicóptero, para lo cual se dispuso un fuerte despliegue de efectivos de la Policía Federal y otras fuerzas de seguridad.
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Jones Huala fue detenido el 30 de enero en una vivienda de El Bolsón, tras permanecer en la clandestinidad durante poco menos de un año. Mientras cumplía la condena por el mismo delito, la Justicia de Chile le otorgó el beneficio de prisión domiciliaria. Sin embargo la Corte Suprema de ese país revocó el permiso y ordenó su inmediata detención, aunque en ese entonces el paradero del convicto era incierto.

Logró esquivar los controles fronterizos e ingresó al país por un paso no habilitado o bien burlando los controles migratorios tanto de Chile como de Argentina. El mismo recluso agradeció a distintas comunidades mapuches del país que le dieron cobijo mientras estuvo prófugo.
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La Policía de Río Negro lo encontró oculto en el quincho de una vivienda de El Bolsón, en estado de ebriedad y vestido con prendas femeninas. La Justicia Federal de Bariloche ordenó su traslado a la Unidad Federal 14 de Esquel, donde permanece alojado.
Horas después de su captura, desde Chile confirmaron que requerían su traslado nuevamente a ese país para continuar cumpliendo la condena.
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El 3 de julio, el magistrado no analizará el caso penal ni tampoco realizará medidas de prueba, sino que se limitará a determinar si la extradición procede en el marco de la ley argentina. Como paso previo se realizó una audiencia con el convicto, quien rechazó ser enviado nuevamente al país que lo requiere, dando lugar al juicio que se realizará en el Escuadrón 36 de Gendarmería Nacional.
En el proceso de 2018, los abogados apelaron la extradición dispuesta por la Justicia y fue la Corte Suprema la que confirmó la medida. La sentencia quedó firme a partir de la resolución de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.
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“Estamos ante un proceso similar. La defensa apelará el fallo ante la Corte Suprema y hasta que el máximo tribunal se expida, Jones Huala permanecerá detenido en Esquel”, aseguraron fuentes con acceso a la causa.
Si la extradición queda firme, el caso vuelve a pasar a Cancillería. En materia internacional la relación es entre los estados. El Ministerio de Relaciones exteriores puede no aceptar el envío del acusado. Eso ocurre si, por ejemplo, durante el juicio de extradición se le otorga el estatus de refugiado político.
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Tanto Jones Huala como su defensa desnudaron su estrategia al alegar que es un perseguido político en el país que lo reclama. La ley de cooperación internacional en materia penal establece los casos que no son considerados delitos políticos: los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad: los atentados contra la vida, la integridad corporal o la libertad de un jefe de Estado o de gobierno, o de un miembro de su familia; los atentados contra la vida, la integridad corporal o la libertad de personal diplomático o de otras personas internacionalmente protegidas; los atentados contra la vida, la integridad corporal o la libertad de la población o del personal civil inocente no comprometido en la violencia generada por un conflicto armado; os delitos que atenten contra la seguridad de la aviación o la navegación civil o comercial; los actos de terrorismo; y los delitos respecto de los cuales la República Argentina hubiera asumido una obligación convencional internacional de extraditar o enjuiciar.
La ley establece que el juicio de extradición puede demorar 15 días. Sin embargo, los plazos no son fáciles de establecer.
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