La Corte Suprema confirmó la condena a un ex intendente radical de Formosa por peculado

El máximo tribunal desestimó el recurso que planteó su defensa. En el juicio había sido sentenciado a tres años de cárcel y a devolver la suma de dinero que faltó de las arcas del Estado

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Los jueces de la Corte
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja presentado por el ex intendente radical de la ciudad de Formosa en el período 1999-2003, Gabriel Osvaldo Hernández. Así, el máximo tribunal dejó firme la sentencia a tres años de prisión en donde se lo condenaba por el delito peculado durante el ejercicio de su mandato como jefe comunal de esa ciudad.

En medio de la crisis desatada en el gobierno de la Alianza, que derivaron en la salida de Fernando De la Rúa, el 21 de diciembre de 2001, el Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación otorgó a una serie de municipalidades un total de $655.000 pesos, que en ese momento equivalían a 665 mil dólares. Estos fondos debían invertirse en un plazo máximo de 30 días de percibidos y estaban sujetos a la debida rendición de cuentas. Caso contrario, debían ser devueltos al Ministerio otorgante.

Hernández, intendente por aquel entonces, llegó a juicio oral en una causa en la que se investigó el destino de los 80.000 pesos/dólares que recibió la Municipalidad de Formosa, pues al finalizar su mandato, en diciembre de 2003, Hernández no había cumplido con el destino específico para el que había recibido ese monto. En la causa se probó que una parte del dinero se destinó al pago de salarios de empleados municipales, con fundamento en la situación de emergencia económica que atravesaba el país, mientras que otra parte recibió un destino desconocido.

El intendente de Formosa, Gabriel
El intendente de Formosa, Gabriel Osvaldo Hernández, en el juicio en su contra (fuente: SiempreFormosa.com)

Ante las evidencias del desvío de dichos fondos, según observaciones del Tribunal de Cuentas de la provincia y balances, se realizaron varias denuncias a partir del año 2003, donde existieron detenciones de varios ex funcionarios que acompañaron a Hernández durante los años 1999/2003 en el municipio de la capital.

Tras alejarse de su cargo, Hernández se puso al frente de un programa de radio. Tal como detalló Infobae en 2006, el ex intendente de la ciudad de Formosa fue detenido en su domicilio particular, en esa capital provincial, por orden de un juez penal a raíz de una querella por calumnias e injurias impulsada por el gobernador Gildo Insfrán. El ex funcionario radical había sido denunciado por el mandatario del PJ, quien se consideró agraviado por declaraciones periodísticas en las que aquel acusaba al gobierno provincial de comprar el combustible del Estado a una firma del cuñado de Insfran.

En 2017, la Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia de Formosa condenó a Hernández a la pena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos por haber sido encontrado autor material y penalmente responsable del delito de peculado. La condena incluía la inhabilitación para ejercer cargos públicos, tareas comunitarias en Cáritas y la devolución de los 80 mil pesos.

En el juicio declaró la ex secretaria de Gabriel Hernández, quien afirmó que “son reales las acusaciones hacia el ex intendente” y desmintió que con los ATN Hernández haya pagado sueldos. “No pagó los sueldos ni aguinaldo con la plata que llegó de Nación. Mis compañeros estaban enojados porque no se les pagaba, a mí tampoco. Debían sueldo y aguinaldo, todo lo que se dice que se debe es verdad”, afirmó.

El ex intendente rechazó la decisión y apeló. Primero ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia y luego ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de un recurso de queja, sin mediar un previo recurso ordinario o extraordinario, tal como está previsto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Los ministros coincidieron en desestimar el planteo de Hernández. En el caso de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, por haberse incumplido con los términos previstos en la Acordada 4/2007 del máximo tribunal, y en el de Carlos Rosenkrantz, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Esta semana, la Corte Suprema rechazó los planteos que había hecho la ex presidente y actual vicepresidenta Cristina Kirchner en el juicio oral en su contra por la llamada causa “Vialidad”, a raíz de las obras concedidas a Lázaro Báez en Santa Cruz durante la gestión kirchnerista. En el juicio la ex mandataria está acusada de ser jefa de una asociación ilícita que defraudó al Estado.

Hace tres semanas, el máximo tribunal también rechazó por unanimidad una serie de cuestionamientos formulados por Sergio Salgado, ex intendente de Santa Rosa, provincia de Mendoza, contra la sentencia que lo condenó a cinco años de prisión. Con esta decisión, Salgado, referenciado en el Frente para la Victoria (FPV), fue detenido por orden de los tribunales de Mendoza.

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