
Los y las senadoras del interbloque del Frente de Todos firmaron el dictamen de comisión del proyecto de ley que elaboró el Poder Ejecutivo Nacional por el cual se establece otorgar un beneficio extraordinario por única vez, a través de sus herederos o derechohabientes, o por sí a las personas que hubiesen fallecido o sufrido lesiones gravísimas como consecuencia de la represión desplegada por el Estado Nacional en las manifestaciones de protestas ocurridas en todo el territorio argentino los días 19 y 20 de diciembre de 2001.
El proyecto que ingresó por la Cámara de Senadores y que ya está listo para ser tratado en el recinto establece una indemnización por única vez para los familiares de los 39 fallecidos y los más de 100 heridos de gravedad que dejó la represión desatada por el ex presidente Fernando De la Rúa a través del Decreto 1.678/2001, y de varios gobernadores (25 de los muertes se sucedieron en las provincias).
A la hora de establecer el valor que recibirá cada uno de los familiares en el caso de que haya muerto, el proyecto establece que “los herederos y/o las herederas o, en su caso, los y/o las derechohabientes de las personas que hayan fallecido a consecuencia del hecho mencionado en el artículo 1º tendrán derecho a percibir una indemnización equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A - Grado 0 del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, multiplicado por el coeficiente CIEN (100)”.
Para el caso de las personas heridas de gravedad, la norma establece que se tiene que tomar el mismo escalafón estatal “reducida en un 30 por ciento”.
Como varios de los ciudadanos heridos por las fuerzas de seguridad el 19 y 20 de diciembre de 2001 iniciaron acciones legales contra el Estado, que aún no han sido resueltas, la norma, de aprobarse, establece que si estos damnificados deciden acceder a este beneficio “al momento de hacerlo tiene que desistir de la acción legal y del derecho ejercitados en los respectivos procesos y renunciar a entablar futuras acciones judiciales por la misma causa”.
Por otro lado, en el caso de aquellas personas que le hicieron juicio al Estado, lo ganaron y cobraron una indemnización “inferior a la establecida de conformidad con la presente Ley, tendrán derecho a reclamar la diferencia a su favor”. Si el monto judicialmente reconocido fuere superior al resultante a la aplicación de esta ley no podrán acceder al beneficio extraordinario que en esta se establece.
En el supuesto de que los damnificados y/o las damnificadas o sus herederos y/o herederas o, en su caso, sus derechohabientes hubiesen percibido subsidios acordados por el Poder Ejecutivo Nacional a raíz de los hechos del 19 y 20 de diciembre de 2001, los montos percibidos deberán deducirse del monto total que les corresponda como beneficio extraordinario.

La oficina de Presupuesto del Congreso calculó que el gasto que implica este proyecto de ley para el Estado nacional ascendería a $1.538 millones a valores de mayo de 2022. El informe señala que $14,1 millones para herederos de cada una de los muertos y $ 9,9 millones para los lesionados o sus familiares.
“Han pasado 20 años ya de los acontecimientos del 19 y 20 de diciembre de 2001. Las pérdidas de vidas humanas son irreparables. Es importante tratar este tema y creo que este proyecto tendrá despacho por unanimidad”, destacó el jefe del interbloque del Frente de Todos, José Mayans.
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