Sergio Massa: “Es delirante promover la libre portación de armas, hay que aumentar las penas de quienes las portan”

El presidente de la Cámara de Diputados intervino en el debate suscitado por las declaraciones de Javier Milei y expuso los principales puntos de un proyecto de ley que había presentado en el Congreso

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Sergio Massa sobre el impuesto a las ganacias captura

Luego de que el diputado nacional y titular del partido Avanza Libertad, Javier Milei, declarara que está a favor de la libre portación de armas, el presidente de la Cámara de Diputados y referente del Frente de Todos, Sergio Massa, consideró que ese tipo de posturas corresponde a “la ley de la selva” y, a contramano del libertario, opinó que es necesario “subir las penas” para aquellos que se arman sin permiso.

“Estoy convencido de que la responsabilidad del uso de la fuerza para el cumplimiento de la ley es una responsabilidad del Estado”, dijo Massa, que suele apoyarse en las banderas de la lucha contra la inseguridad durante sus campañas políticas y en su agenda legislativa como titular de la Cámara baja en representación del oficialismo. “Es un delirio autorizar la libre portación de armas. Lo vemos incluso en los países que tienen autorización y no libre portación. Vemos lo que termina pasando en las escuelas y en los parques”, agregó el tigrense, en referencia a los atentados, muchas veces ejecutados por menores de edad, inclusive en escuelas, en países de ingresos altos.

En ese sentido, Massa mostró una postura opuesta a la de Milei, y se refirió a la inseguridad. “Creo, en todo caso, que la discusión que sí tenemos que dar es el aumento de las penas para aquellos que, de manera ilegal, portan armas y cometen delitos. Porque lo que termina pasando es que la portación de armas no constituye un agravamiento serio de la comisión de delitos”, opinó.

En el massismo preparan un proyecto de ley, que lleva la firma de Massa y del diputado Ramiro Gutiérrez, referente en temas de seguridad de su partido, para modificar el Código Penal en relación a la portación de armas.

La norma actual establece penas máximas de 2 años para la tenencia de arma de fuego y de 4 para la portación; y de 6 años para armas de guerra y ocho años y seis meses para la portación. Mientras que, si existen antecedentes de delito doloso o específico de armas, o se trata de un excarcelado o eximido de prisión, el máximo llega a 10 años, al igual que en el caso de acopio. Cuando se trata de armas de destrucción masiva, se pena con un tope de 15 años.

Massa propone que la tenencia agravada reciba un máximo de 8 años; la portación de arma de fuego un máximo de 8 años; la portación agravada, uno de 12 años; la entrega y facilitamiento, de 6 años; la entrega y el facilitamiento agravado un máximo de 15 años; el acopio, 12 años, la fabricación y tráfico, 12 años; y las armas de destrucción masiva un máximo de 20 años.

El diputado argentino Javier Milei posa para un retrato durante una entrevista con Reuters en Buenos Aires, Argentina, el 10 de mayo de 2022. Foto tomada el 10 de mayo de 2022. REUTERS/Agustin Marcarian
El diputado argentino Javier Milei posa para un retrato durante una entrevista con Reuters en Buenos Aires, Argentina, el 10 de mayo de 2022. Foto tomada el 10 de mayo de 2022. REUTERS/Agustin Marcarian

A la figura de la “portación ilícita agravada”, que crearía la nueva ley, le correspondería una pena de hasta 12 años de prisión. Esta nueva figura se aplicaría a nueve casos que, de acuerdo a los legisladores, “se repiten a diario”, a saber: que el delincuente tenga antecedentes por uso de armas; portar el arma en un establecimiento educacional, de salud, en centros de culto, o en espectáculos deportivos y culturales; que se trate de armas que hayan sido utilizadas en otro delito; portar armas tumberas o modificadas para lograr mejor alcance, precisión o poder de fuego; portar armas mellizas o con numeración borrada o adulterada; que el portador se desplace en vehículos motorizados, al estilo de los sicarios, los piratas de asfalto, los secuestradores, los atracadores, etc.; que vaya enmascarado o distorsionando su fisonomía; portar un arma de guerra; y que el portador pertenezca a una asociación ilícita.

El proyecto de ley está inspirado en la determinación de frenar al delincuente armado, agravando las penas en hechos graves cometidos con armas, y en defensa de las víctimas. “Portar un arma de fuego para robar o dañar a las personas será un delito grave con esta nueva Ley”, sostienen los redactores del texto.

“Incorporamos al Código Penal la definición de portación de arma de fuego para evitar las interpretaciones arbitrarias o liberatorias”, agregan, en referencia a la tendencia de muchos jueces a desestimar este elemento en la consideración de la prisión efectiva. “Portar es: ‘disponer, en lugar público o de acceso público de un arma de fuego apta para disparo y en condiciones de uso inmediato”. “Con las nuevas penas, desatamos las manos a los jueces para que manden a los delincuentes que usen armas a la cárcel”, sostienen. A partir de los 3 años las penas son a cumplir.

El proyecto apunta además contra la cadena de tráfico, fabricación y alquiler de armas y municiones y establece la pena de inhabilitación perpetua para volver a usar armas de fuego. También castiga duramente la fabricación, tenencia, portación y tráfico de bombas y explosivos.

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