Un juez federal rechazó un pedido para suspender los acuerdos que firmó Macri con el FMI

El titular de ATE, Hugo Godoy, encabezó un amparo colectivo para que se suspendan los efectos de los acuerdos Stand By firmados en 2018. También pretendían que se anulen las leyes que “convalidaron” la deuda

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"Cachorro" Godoy es uno de
"Cachorro" Godoy es uno de los dirigentes que firmó la presentación (Foto NA)

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick rechazó una cautelar pedida por el titular del gremio ATE, Hugo “Cachorro” Godoy, y otras 100 personas que reclamaba la suspensión de los acuerdos Stand By firmados con el FMI en 2018, durante la presidencia de Mauricio Macri, y que se suspendan los pagos al organismo internacional de crédito. Ayer, el gremialista fue al Congreso para exigir “el enjuiciamiento de los funcionarios de Macri y del Fondo”.

Antes de la aprobación en el Congreso del acuerdo con el Fondo por la refinanciación de la deuda externa, Godoy había reclamado la suspensión de los efectos de los acuerdos firmados en 2018, pero también que se ordene al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional a “abstenerse de emitir actos o aprobar leyes que tengan por objeto, directo o indirecto, sanear, legalizar, subsanar, convalidar, cancelar los vencimientos o reconocer, el endeudamiento del Estado Argentino con el Fondo Monetario Internacional realizado durante el año 2018″.

Por último, el titular de ATE pidió que se dicte una cautelar para suspender “los efectos de toda normativa o ley, ya sea emitida por el Poder Ejecutivo o el Congreso Nacional, que tenga por objeto, directo o indirecto, sanear, legalizar, subsanar, convalidar, cancelar los vencimientos o reconocer, el endeudamiento del Estado Argentino con el Fondo Monetario Internacional realizado durante el año 2018″.

La presentación argumentaba que los acuerdos del 2018 no pasaron por el Congreso, “circunstancia a la cual se negó el Poder Ejecutivo, invocando una norma caduca como es el último párrafo del artículo 60 de la ley de Administración Financiera para ello”. Y menciona un informe de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) que hablaba de una “incompetencia de los firmantes de las cartas de intención suscriptas el 12/06/18 y el 18/06/18 pues ello requería la decisión expresa del Poder Ejecutivo”.

Antes de resolver, el juez le pidió informes al Congreso y al Poder Ejecutivo, algo similar a lo que ocurrió con las demandas por la nueva integración del Consejo de la Magistratura.

Manifestantes protestan frente al Congreso
Manifestantes protestan frente al Congreso Nacional, mientras los diputados debaten un acuerdo del gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Buenos Aires, Argentina, el 10 de marzo de 2022. REUTERS/Agustin Marcarian

A su turno, la representante legal del Senado rechazó en duros términos los pedidos de Godoy y opinó que “ni siquiera se ha detenido a considerar las nefastas consecuencias internas e internacionales que produciría el incumplimiento de los acuerdos celebrados con el Fondo Monetario Internacional en el año 2018; nada menos que el default, el consecuente ingreso de nuestro país al estado formal de cesación de pagos y el profundo impacto económico en múltiples frentes que ello traería aparejado”.

El Poder Ejecutivo también rechazó la acción de amparo y la medida cautelar argumentando que buena parte de los pedidos ya habían quedado abstractos ante la sanción de la ley 27.668. Además agregaron que el titular de ATE no estaba legitimado para presentar un amparo colectivo. “El pedido de suspensión comporta una medida innovativa que implicaría no solo la suspensión del acto impugnado sino la cesación de pagos de la República Argentina que tiene requisitos estrictos para su admisión”, afirmaron los abogados del Estado.

Al momento de decidir, el juez Cormick rechazó las medidas cautelares solicitadas por Godoy por entender que no estaban acreditados los dos requisitos que exige la ley: la existencia de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, y la demostración de que el daño concreto y grave ocasionado sólo puede –eventualmente- ser reparado recurriendo a la vía urgente y expedita de esta acción.

“La imposibilidad de tener por acreditada la verosimilitud del derecho sin examinar la cuestión de fondo es suficiente para desestimar la medida y exime de tratar el perjuicio que los actores estiman procedentes”, sostuvo el juez en su resolución.

No obstante, ordenó que se publique en un diario masivo y en el Boletín Oficial la existencia de la causa para que “los interesados puedan adherir a los efectos de conformar la legitimación activa y pasiva de este proceso”.

Ayer, Godoy marchó al Congreso junto a otras organizaciones y pidió que se garantice “el enjuiciamiento de los funcionarios de Macri que perpetraron la estafa junto al FMI” y reclamó que se active la Comisión de Seguimiento de la Deuda Interna. “El acuerdo afecta seriamente las posibilidades del desarrollo productivo del país. Ahora insistimos para que se garantice en enjuiciamiento de los funcionarios de Macri y del Fondo, y que el Congreso motorice las funciones de la Comisión Bicameral, dijo el gremialista.

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