
La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados dio dictamen de manera unánime al proyecto de alivio fiscal, con el que el Gobierno buscará fortalecer la reactivación económica y social pospandemia.
Tras la aprobación en Comisión, el presidente de la Cámara Baja, Sergio Massa, explicó que la iniciativa comprende dos etapas. “La primera parte propone la condonación total de las deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social para 6.727 entidades sin fines de lucro: cuarteles de bomberos, bibliotecas, cooperativas de trabajo y escolares, clubes de barrio y otras entidades”, afirmó en un hilo que publicó en su cuenta de la red social Twitter.
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“Esta primera parte del proyecto también beneficia a 1.035.654 contribuyentes concentrados en Micro y Pequeñas Empresas y monotributistas con una deuda menor a 100 mil pesos”, agregó.
Según figura en el proyecto, en ambos casos sería para las deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2021.
Y con respecto a la segunda instancia, Massa aseguró que “con acuerdo de la oposición, se busca ampliar la moratoria para generar un puente que permita la regularización de la situación fiscal de los contribuyentes”. Así hizo referencia a la ampliación de la moratoria que se estableció bajo la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que establecía un plan de pago para las deudas contraídas hasta el 31 de julio.
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“Los contribuyentes que incumplieron con la moratoria anterior podrán volver a regularizarla: esto beneficia a 105.901 MiPyMES, monotributistas y autónomos. También, generamos una nueva oportunidad para regularizar deudas y así fortalecer la salida de la pandemia de 544.676 contribuyentes. Asimismo, incorporamos beneficios fiscales para los cumplidores”, concluyó.
De aprobarse este proyecto se ampliaría el plazo ya que establece que se podrán regularizar las obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduanas “vencidas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021, inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones”.
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En lo que se refiere a las cuotas, establece en 36 cuotas para aportes personales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social y para retenciones o percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social para los contribuyentes que revistan la condición de: 1) MiPymes, 2) entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal, y 3) personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes en los términos que determine la Administración Federal de Ingresos Públicos; y seis cuotas para los demás y las demás contribuyentes.
Para el resto de las deudas, establece 60 cuotas y 120 cuotas para las obligaciones comprendidas en la presente ley para las entidades sin fines de lucro, entes públicos no estatales.
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Como en la moratoria anterior, las empresas que apliquen no tendrán autorizado el reparto de dividendos ni la transferencia al exterior. Si una compañía decide hacerlo, quedará excluida del plan.
En los considerandos de la norma se establece que la primera parte de la norma podrá favorecer a cerca de 45.000 entidades sin fines de lucro que registran deuda ante el Fisco por cerca de $ 15.000 millones, y aclara que “no debe escapar que el esfuerzo fiscal de esta medida es relativo: resulta difícil pensar que se ejecuta operativamente la deuda de un cuartel de bomberos, un club de barrio o una fundación”.
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