
En la foto que reveló que el 14 de julio de 2020 se realizó una celebración de cumpleaños en la Quinta de Olivos aparecen once personas mayores. Dos de ellas, el presidente Alberto Fernández y su pareja Fabiola Yañez no necesitaban permiso para estar en la Quinta de Olivos porque es la residencia presidencial. El resto de los invitados para haber llegado aquella noche hasta el partido de Vicente López debía tener un certificado de circulación extendido por el Estado nacional para aquellos que ejercieran alguna actividad esencial o que estuvieran dedicados al cuidado de otras personas. Las reuniones en espacios cerrados estaban prohibidas para evitar la circulación del coronavirus. La prohibición la había dictado mediante DNU el presidente Fernández quien es uno de los imputados en la causa judicial que quedó radicada en la justicia federal de San Isidro.
Los invitados a la fiesta de cumpleaños cuando estaban prohibidas las reuniones sociales fueron: Carolina Marafiotti, Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Rocío Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra, Federico Abraham y Stefanía Domínguez.
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Cuando el caso judicial estaba en el edificio de Comodoro Py, el juzgado federal de Sebastián Casanello y la investigación por la violación de la cuarentena estaba en manos del fiscal Ramiro González, se había pedido información para saber si -al menos- los invitados estaban autorizados a circular. El pedido de información fue hecho por González a la secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación en agosto pasado. El 1 de octubre pasado fue reiterado por el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, quien disputa la competencia para investigar el caso con la jueza Sandra Arroyo Salgado.
Según explicaron fuentes vinculadas al caso a Infobae, Cesar Leonardo Gazzo Huck, subsecretario de Gobierno Abierto y País Digital de la Jefatura de Gabinete, informó hoy al juez Mirabelli que cinco de los nueve invitados no tenían permiso para circular aquel 14 de julio de 2020. De acuerdo a la información enviada por Gazzo Huck al juzgado de Mirabelli no tenían permisos para circular Pacchi, Marafioti, López, Consagra y Rocío Fernandez Peruilh.
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El informe oficial señala que cuatro de los asistentes a la fiesta “tenían permisos vigentes” al 14 de julio de 2020. En tanto los otros cinco habían tramitado permisos que “difieren” de la fecha de interés para la causa judicial.
Los cinco que no tenían permiso para circular son amigos de Yañez quien aquel 14 de julio de 2020 festejó sus 39 años. Pacchi revista como personal de la secretaría General de la Presidencia, es asistente personal de Yañez. Marafioti fue invitada a la fiesta en tanto estilista de moda de Yañez. López por su parte es locutor y había sido contratado por la subsecretaría de Gestión Institucional como asesor de la pareja del presidente. Consagra, pareja de López, es actor y modelo publicitario. Rocío Fernández Peruilh es agente inmobiliaria.
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Cuatro de los invitados tenían permisos para circular pero que -de ninguna manera- los habilitaban para asistir a una reunión como la del cumpleaños de Yañez.
Según consta en la documentación a la que accedió Infobae, Abraham, peluquero de Yañez tenía aquel día un permiso de circulación vigente para cuidar a dos mujeres. Había obtenido el permiso el mismo día de la fiesta para: “Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes”. En abril y mayo de 2020 había tramitado y obtenido cuatro permisos destinados a: “Personas que trabajan asistiendo personas con discapacidad, adultos mayores, enfermos, menores”
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Basavilbaso obtuvo varios permisos de circulación durante la cuarentena. En uno de ellos puso como ocupación “Profesor de equitación”. A fines de junio, días antes de la celebración, solicitó un permiso para: “Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos”. A mediados de abril había solicitado y obtenido un permiso en tanto personal afectado a: “Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad”. Luego consiguió otro destinado a: “Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos, de higiene personal y limpieza, de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios”. Y también uno que lo sindicaba como afectado a :”Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”.
Domínguez, que es abogada, obtuvo varios permisos de circulación relacionados con la actividad gastronómica y otro para el cuidado de personas. A fines de junio de 2020, días antes del cumpleaños de Yañez, consiguió un permiso para circular en tanto persona afectada a: “Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios”.
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Florencia Fernández Peruilh que es abogada y agente inmobiliaria, al momento de la fiesta tenía vigente un permiso obtenido el 6 de julio de 2020 como “Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos”. En su actividad declaró:” Legales”. Antes había conseguido un permiso para circular correspondiente a: “Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias”. Su actividad declarada entonces fue: “Legales y Asistencia en Servicios Digitales”. También había tramitado y conseguido un permiso para circular en tanto personal de: “Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario”. En aquella solicitud su ocupación declarada fue la de: “Camarera”.
Mientras esta información se suma al expediente sobre el festejo en Olivos, el caso aún no tiene juzgado asignado. Mirabelli y Arroyo Salgado creen que les corresponde tener a cargo el expediente, situación que resolverá el juez Marcelo Fernández, integrante de la Cámara Federal de San Martín.
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La disputa entre los jueces motivó una presentación de Alejandro Rúa, defensor de Marafioti en la causa y ex abogado de -entre otros- Cristina Fernández de Kirchner. Rúa recordó que Marafioti había pedido -igual que el presidente Fernández- llegar a una conciliación por lo sucedido y no ha recibido respuesta. Citó el artículo 22 del Código Procesal Penal Federal que dice: “Los jueces y los representantes del Ministerio Público procurarán resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social”. Y además cuestionó a Arroyo Salgado. El abogado señaló que: “Y siendo que frente a los reiterados requerimientos del agente fiscal para que declare su incompetencia por la conexidad con aquel otro trámite, esa jueza ha avanzado, según ha difundido mediáticamente, en la instrucción de medidas de prueba y en franca violación al principio del ne bis in idem que impide la duplicación de investigaciones judiciales por un mismo asunto, en orden al legítimo interés que acredito como defensor por los hechos del caso, solicito que se me permita el acceso remoto a la continuidad del legajo a su cargo, a través del sistema Lex 100, para poder concretar las presentaciones que por derecho corresponden”.
El caso en el que está imputado el presidente por violar sus propias disposiciones para evitar la propagación del coronavirus todavía no tiene juez. Se espera que la semana próxima se defina la situación.
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