
Tal como estaba previsto, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto 334/21, mediante el cual estableció las nuevas restricción que comenzaron a regir a partir de este sábado y que incluyen un confinamiento estricto por nueve días.
El texto, firmado por el presidente Alberto Fernández, por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y por todos los ministros nacionales, confirmó las medidas que ya habían sido anticipadas y que hasta el 30 de mayo se implementarán en todos los lugares que se encuentren en Alto Riesgo o Alarma Epidemiológica. Esto comprende al AMBA y a más de 100 distritos de todas las provincias de la Argentina, con excepción de La Rioja.
Luego de este periodo de confinamiento estricto, volverán a estar vigentes las mismas medidas que se aplicaban hasta hoy, pero durante el fin de semana del 5 y 6 de junio próximo también se implementará el endurecimiento en las zonas más críticas.
Días de confinamiento (del 22 al 30 de mayo y del 5 al 6 de junio)
Durante estas fechas, en gran parte del territorio nacional están prohibidas todas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial, tanto en lugares cerrados como abiertos.
Una de las restricciones más importantes a tener en cuenta es que, desde este sábado, solamente está permitido circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18 horas de cada día. Las únicas excepciones a esta regla son los trabajadores esenciales y aquellas personas especialmente autorizadas.

No obstante, el texto precisó que sí “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.
Sin embargo, se remarcó que “en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”.
En lo que respecta a los comercios, únicamente los esenciales continuarán trabajando con normalidad, mientras que el transporte público será de uso exclusivo para ciertos trabajadores esenciales, como el personal de Salud, y de las fuerzas de seguridad, entre otros.

Por su parte, las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires anunciaron que la semana que viene se suspenderá la presencialidad en las aulas y tampoco habrá clases virtuales, por lo que los alumnos de las escuelas porteñas perderán tres días de aprendizaje (porque el lunes y el martes serán feriado), que recuperarían en diciembre.
El vicejefe de Gobierno, Diego Santilli, precisó que en la Capital Federal los comercios que no sean esenciales podrán seguir atendiendo de la puerta para afuera y que las plazas van a seguir abiertas, ya que “se va a poder salir a caminar o a hacer deportes”, pero siempre dentro del barrio en el que se tenga domicilio.
Por esta razón, los negocios como peluquerías, salones de belleza y otros servicios similares, donde los clientes necesariamente deben ingresar al establecimiento para ser atendidos, permanecerían cerrados. También se suspendería la actividad del personal doméstico, entre otros.

Por otra parte, se cerrarán con un vallado 71 accesos y egresos a la Ciudad, sobre un total de 127. Los habilitados quedarán para quienes tengan permisos de circulación, requeridos por las fuerzas de seguridad locales y federales.
Además, en territorio porteño van a cerrar los clubes y los patios de juegos, ya que las plazas y parques estarán habilitadas solamente para la recreación y la práctica de deporte individual, pero no para la permanencia en el lugar.
En el caso de la construcción y la industria, la actividad de ambos sectores, al igual que en todo el país, va a estar suspendida nuevamente, ya que no se encuentra dentro de las excepciones dispuestas por el decreto presidencial.

Después del confinamiento
Según detalló el DNU del Presidente, terminados los nueve días de confinamiento, desde el 31 de mayo y hasta el 11 de junio, inclusive, volverá a quedar vigente la clasificación epidemiológica que se venía implementando hasta el momento para definir cuáles son las medidas que se deben cumplir en cada distrito del país.
De esta manera, en los lugares que estén bajo Alerta Epidemiológica se implementan las disposiciones más fuertes, como la suspensión de las clases presenciales, la restricción a la circulación entre las 20 y las 6 de cada día, el cierre de los centros comerciales y shoppings, y la prohibición de la práctica de actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados, entre otras.
En tanto, hasta hoy en las zonas denominadas de alto riesgo sanitario y epidemiológico no se permiten las actividades sociales en domicilios particulares ni las reuniones en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas, mientras que la prohibición para circular es solo entre las 00 y las 6.
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