La Corte Suprema le envió el expediente a la Procuración para que se expida sobre las clases presenciales en CABA

Tras el dictamen del Ministerio Público, el máximo tribunal quedará en condiciones de emitir una sentencia

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Argentina's Supreme Court members (first
Argentina's Supreme Court members (first row L-R ) judges Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco and Carlos Rosenkrantz, (back R-L ) judges Ricardo Lorenzetti and Horacio Rosatti (covered), attend the inauguration of the 137th period of ordinary sessions at the Congress in Buenos Aires, Argentina on March 1, 2019. (Photo by JUAN MABROMATA / AFP)

La Corte Suprema de Justicia se reunió esta mañana y resolvió girar las actuaciones de la Procuración General para que dé su opinión sobre la demanda que presentó el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta pidiendo que se declare la inconstitucionalidad del punto del decreto de Necesidad y Urgencia que firmó el presidente Alberto Fernández disponiendo clases virtuales en la zona del AMBA hasta el 30 de abril.

Como todos los martes, los jueces de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco se reunieron en un acuerdo virtual. La prioridad, por el voltaje del tema, fue el planteo que la Ciudad llevó al máximo tribunal contra el Estado Nacional. Por cuatro votos a uno, Highton ya había perdido en su postura de rechazar a la CABA como litigante directo ante la Corte por no ser una provincia.

Rodríguez Larreta reclamó que se dicte una acción declarativa de inconstitucional (más una cautelar) por entender que la suspensión de las clases presenciales “no se encuentra justificada en datos empíricos, resulta arbitraria porque obedece exclusivamente a la voluntad de quien detenta el Poder Ejecutivo Nacional” y “constituye una clara violación al principio de igualdad, porque se evidencia una discriminación arbitraria con relación a las restantes provincias, que pueden decidir respecto de la continuidad o suspensión del ciclo lectivo 2021″.

En ese contexto, la demanda de Rodríguez Larreta aseguró que el DNU “viola la autonomía de la Ciudad” e “implica una virtual intervención federal, porque se arroga potestades sobre competencias locales, en salud y educación”. “Por el contrario, está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo”, aseveró.

Anoche, a última hora, el Gobierno Nacional respondió a la demanda de Rodriguez Larreta. En 113 carillas, la Procuración del Tesoro, a cargo de Carlos Zannini, desplegó una serie de argumentos en donde defendió la razonabilidad de la medida tomada de suspender la presencialidad de las clases en AMBA “para afrontar una situación epidemiológica sin precedentes a fin de evitar un aumento despedido de casos que lleve un colapso sanitario y consecuencia aumento de la morbilidad”.

Pero además, tras poner en duda los argumentos de CABA y acusar al gobierno local de Cambiemos de “negacionismo” de la pandemia, Zannini aseguró que “el fundamento principal por el cual se suspendió la presencialidad de las clases por 14 días no fue únicamente la posibilidad de contagio que podrían haberse producido dentro de las escuelas sino el hecho de que la asistencia dichos establecimientos genera una gran movilidad de personas en el AMBA”. Fue por eso que pidió que la Corte Suprema convoque al gobierno bonaerense, a cargo de Axel Kicillof, para dar su versión de los hechos porque sería el principal afectado si se permiten las clases presenciales en CABA por los contagios que generarían ese movimiento.

En resumen, Zannini afirmó que con el DNU no se lesionaron derechos, ni se afectó la autonomía porteña ni se violó la Constitución Nacional. Precisamente eso es lo que debe evaluar la Corte Suprema de Justicia, en base a la demanda que formuló Rodríguez Larreta.

Como se trata de un planteo de inconstitucionalidad, el máximo tribunal resolvió girar en consulta el expediente a la Procuración. Allí se estima que la número dos del organismo, Laura Monti, responsable del área de Derecho Público no Penal en la Procuración, analice la presentación y dé su opinión (como siempre, no vinculante).

Según indicaron fuentes judiciales, aunque la Corte no le diera plazos urgentes, se estima que la respuesta será inmediata. En ese escenario, la Corte Suprema ya quedaría en condiciones para poder resolver.

Pese al planteo ante la Corte Suprema, el gobierno porteño mantuvo las clases presenciales -en contra de lo dispuesto por el DNU- gracias a un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativa porteña que hizo lugar al pedido de un grupo de padres. El Gobierno de Rodríguez Larreta fue a la Justicia Federal para impugnar esa decisión porque el fuero porteño no es competente. El juez Esteban Furnari le ordenó a la ciudad suspender las clases presenciales y le giró el caso a la Corte Suprema por entender que era el tribunal competente. Los padres apelaron. Esa cuestión todavía sigue dando vueltas entre el juzgado, la Procuración y la Corte.

La vigencia del DNU dictando la virtualidad de las clases vence el próximo viernes. El Gobierno nacional y el porteño limaban asperezas en estas horas para resolver cómo se renovar las restricciones.

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