Coronavirus: los argentinos que regresen del exterior podrán optar por el PCR o la cuarentena hasta el 16 de diciembre

A partir de esa fecha, el examen será obligatorio

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El examen PCR negativo será
El examen PCR negativo será obligatorio desde el 16 de diciembre

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), y el Ministerio de Salud, aplazaron hasta el próximo 16 de diciembre la obligatoriedad de presentar un test PCR negativo de coronavirus para los argentinos nativos y extranjeros residentes que quieran ingresar al país. Hasta entonces, los mencionados podrán optar por un examen de PCR o realizar la cuarentena.

“La ampliación del plazo tiene por objeto que a los argentinos y residentes en el país que viajaron por vacaciones o cualquier otro motivo, no sufran contratiempos en los viajes planificados”, indicaron desde ambas carteras.

Según se había estipulado, el requisito migratorio empezaba a regir desde las 0 de mañana. Con este cambio, se extenderá ahora con carácter de optativo hasta el miércoles 16 inclusive. A partir de ese día, el examen sanitario será obligatorio para todos los argentinos nativos y extranjeros residentes.

Asimismo, la información oficial recuerda que, cuando rija plenamente la obligación del PCR, la realización del mismo no podrá ser previa a 72 horas del embarque, y se deberá adjuntar a la declaración jurada electrónica que se debe completar dentro de las 48 horas previas a embarcar.

La obligatoriedad de un test
La obligatoriedad de un test negativo de coronavirus como requisito migratorio se aplazó por diez días más

En un nuevo paso para regresar a la normalidad previa a la pandemia de coronavirus, el Gobierno nacional dispuso el esquema de requisitos para ingresar a territorio nacional en la Resolución Conjunta 11/2020, publicada el miércoles pasado en el Boletín Oficial.

La misma está destinada a: transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad; nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia; extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística y que no requieran de un visado consultar por su nacionalidad; extranjeros autorizados expresamente por Migraciones para desarrollar una actividad laboral o comercial, o para cumplir con una misión oficial diplomática o para participar de eventos deportivos, o para su reunificación familiar con argentinos o residentes; y extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas.

Desde el 16 de diciembre, todos ellos deberán presentar en forma obligatoria una declaración jurada electrónica junto con un test negativo de COVID-19 realizado 72 horas previas al viaje internacional.

Por otra parte, el PCR no será requerido a: los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países que permanezcan en el país menos de 24 horas y a aquellas personas que hayan tenido coronavirus en los 90 días previos al ingreso a la Argentina (deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico).

Pese a que varios países están sufriendo una segunda ola de contagios de COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional comunicó que “debido al contexto fáctico y normativo actual, resulta necesario regular de manera uniforme las condiciones para el ingreso de personas al territorio nacional en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria establecida en virtud de la pandemia declarada en relación con el coronavirus, independientemente de cuál sea el supuesto de ingreso, su nacionalidad o residencia”.

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