Causa Cuadernos: la Cámara Federal de Casación Penal analiza anular las confesiones de los arrepentidos

Si así resolviera la Sala I, los procesamientos de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, el ex ministro de Planificación Julio de Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López quedarían sin efecto pese a la evidencia en contra

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La vicepresidente Cristina Kirchner
La vicepresidente Cristina Kirchner

Los procesamientos de Cristina Fernández de Kirchner, Julio de Vido y José López, además de otro medio centenar dictados contra empresarios, contratistas y banqueros, pueden quedar anulados por la decisión de dos jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal: Ana María Figueroa y Daniel Petrone.

Estos dos magistrados, con antecedentes cercanos al kirchnerismo, estudian emitir un fallo que podría declarar nulas las confesiones de todos los arrepentidos de la causa Cuadernos, alegando que se violó el artículo sexto de la ley 27.304.

El fallo de Figueroa y Petrone iría en linea con los argumentos de la defensa de ciertos imputados -De Vido, por caso-, que sostienen que las confesiones contra sus clientes “deberían caer” porque no se cumplió taxativamente con el registro material del descargo realizado por los arrepentidos.

“Las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”, sostiene el articulo 6 de la ley del Arrepentido.

Los abogados de los procesados -desde CFK a López- sostuvieron que la justicia de primera instancia violó la ley porque “no hay grabaciones ni filmaciones” de las confesiones. El juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli, a cargo de la histórica pesquisa, afirmaron en cambio que se cumplió con el requisito normativo y que nada del expediente debería caer.

Es decir: no hay razones para anular los procesamientos alegando ausencia de “medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”, como explica el artículo sexto de la ley del Arrepentido.

Para Bonadio y Stornelli las actas que registran las confesiones de los arrepentidos ya son un medio para garantizar su evaluación posterior en las instancias de apelación que tienen las defensas en el sistema jurídico penal. Y por lo tanto, es contrario a derecho descartar las confesiones en la causa Cuadernos aplicando una presunta violación del articulo sexto de la ley de Arrepentido.

Asimismo, Figueroa y Petrone analizan la posible inconstitucionalidad de la ley del Arrepentido, otro argumento presentado por la defensa de los principales implicados en la causa Cuadernos. Si Figueroa –vinculada a Justicia Legítima– y Petrone –conocido por su manejo de la causa de Antonini Wilson– firman esa controvertida sentencia, una hecatombe institucional habrá explotado en el Poder Judicial.

En primer lugar, el pedido de inconstitucionalidad fue pedido por la defensa de los imputados, entre ellos De Vido. Eso no debería tener procedencia porque los imputados no tienen legitimidad activa, ya que sólo sufren las consecuencias del arrepentimiento, pero no hay daño legal por la presunta aplicación retroctiva de la norma. Es decir: no tenían derecho para presentarse ante la Sala I.

Y en segundo término, las salas III y IV han afirmado –en causas diferentes– que la ley del arrepentido es constitucional y que, por ende, se puede ofrecer el 2x1 de detención a los arrepentidos que decidieron confesar a cambio de mejorar su situación en el expediente.

En este contexto, si la Sala I con la mayoría de Figueroa y Petrone afirma la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido (con el voto en contra de Diego Barroetaveña), no habría otro camino institucional que convocar a un plenario de Casación Penal Federal para resolver las posiciones encontradas.

Julio de Vido, Cristina Kirchner
Julio de Vido, Cristina Kirchner y José López, cuando los tres aún integraban el Poder Ejecutivo

A su vez, la defensa de los imputados por presunta corrupción también se apalanca en una sala que ya benefició la situación procesal de Cristina Fernández de Kirchner, mientras que otra decidía exactamente lo contrario. En efecto: la Sala I levantaba la prisión preventiva de CFK, mientras que la Sala III confirmaba su procesamiento por una derivación procesal de la Causa Cuadernos.

Pero en esta instancia la situación es más compleja. Ya no se trata de alivianar la situación coyuntural de la vicepresidente. Si se confirmara cualquiera de las dos decisiones de fondo de Figueroa y Petrone, toda la causa Cuadernos correría peligro de convertirse en una fallida anécdota en Comodoro Py.

Los camaristas federales Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi –desplazados por el actual Gobierno– dictaron un fallo que responsabiliza a CFK “por 175 supuestos de cohecho pasivo, en calidad de coautora, todos ellos en concurso real”.

La mayoría de los imputados en la causa confesaron como arrepentidos. Y esa confesión fue tomada como una prueba importantísima por la Sala III que confirmó los procesamientos que, a su vez, dictaron los camaristas Bruglia y Bertuzzi. Si Bruglia y Bertuzzi no hubieran dictado su fallo complicando la situación procesal de la vicepresidente, nunca habrían estado bajo fuego del kirchnerismo que al final resolvió sus traslados.

Ahora, la Sala I –con los posibles votos de Figueroa y Petrone– puede detonar el trabajo procesal del juez Claudio Bonadio –que falleció–, del fiscal Carlos Stornelli –que está bajo fuego del Gobierno–, de Bruglia y Bertuzzi –que ya fueron desplazados– y de las salas III y IV de Casación Penal que ratificaron que hay suficiente evidencia para sostener los procesamientos de Cristina Kirchner, sus funcionarios De Vido y López –conocido por sus millones y la ametralladora frente al convento– y los casi 50 empresarios que confesaron haber pagado una coima para recibir a cambio una obra pública.

José López dejando los bolsos
José López dejando los bolsos con dinero en un convento en el año 2016

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