Mañana 5 de noviembre es día no laborable para este grupo de trabajadores en Perú por ley vigente

La normativa considera la fecha como laborada para todos los efectos legales, por lo que el personal beneficiado conservará el pago completo sin recuperar la jornada posteriormente, según el texto promulgado

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La Ley Nº 31701 declara el 5 de noviembre como feriado no laborable remunerado por el Día del Trabajador Municipal en Perú. (MML)
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Este jueves 5 de noviembre, los colaboradores de las municipalidades de Perú tendrán una jornada no laborable remunerada por el Día del Trabajador Municipal. La Ley Nº 31701 declara esa fecha así para quienes desempeñan responsabilidades municipales, con la precisión de que el descanso se considera tiempo efectivamente laborado para todos los efectos legales.

La medida rige cada año, desde el 2023, y está vinculada de forma directa con la conmemoración establecida por el Congreso de la República. Por ese motivo, el beneficio no corresponde de manera general a todos los empleados del país, sino al personal.

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La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano en marzo de 2023, establece en su artículo único que el 5 de noviembre de cada año es el Día del Trabajador Municipal. La jornada será remunerada y considerada como laborada para todo efecto legal, de acuerdo con el texto promulgado.

La disposición fue aprobada por el entonces Congreso y publicada en el Boletín de Normas Legales. La ley lleva las firmas de José Williams Zapata, expresidente del Congreso, y de Martha Lupe Moyano Delgado, ex primera vicepresidenta del otrora Parlamento nacional.

Trabajador municipal recolector de basura limpia rejas en calle
El bono equivaldría a un sueldo entero y no estaría sujeto a descuento. Todos los trabajadores que laboraron durante la pandemia lo recibirían, sin excepción. - Crédito Difusión

Gobiernos locales

El alcance de la Ley Nº 31701 comprende a quienes trabajan en los gobiernos locales. En ese grupo se encuentra el personal que presta servicios en la limpieza pública, la seguridad ciudadana, el mantenimiento de espacios públicos, la atención de trámites y otros servicios dirigidos a la ciudadanía.

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El descanso del 5 de noviembre no implica una reducción de la remuneración, porque la propia ley dispone que la fecha cuenta como laborada. La normativa no establece que los trabajadores beneficiados deban compensar posteriormente las horas correspondientes a esa jornada. Tampoco equivale a un día no laborable excepcional del Poder Ejecutivo.

Esta diferencia resulta relevante frente a otros días no laborables que se decretan para el sector público. En esos casos, las disposiciones pueden tener carácter compensable y responder a decisiones excepcionales.

Para mañana, el Día del Trabajador Municipal, en cambio, la Ley Nº 31701 fija una jornada anual específica y remunerada. El texto legal indica que la declaración abarca a “los trabajadores y trabajadoras que desempeñan dicha responsabilidad”. La norma fue comunicada a la entonces presidenta de la República, Dina Boluarte, para su promulgación, tras la aprobación del Congreso en Lima el 16 de febrero de 2023. Fue publicada el 3 de marzo.

El MTPE declaró el 5 de noviembre como “Día del Obrero Municipal” en conmemoración a la ardua labor de dichos trabajadores a nivel nacional.
Foto: Ministerio de Trabajo
El beneficio alcanza al personal de limpieza pública, seguridad ciudadana y atención de trámites en los gobiernos locales. (Ministerio de Trabajo)

Los próximos feriados en Perú

El calendario nacional mantiene, además, tres feriados durante diciembre. El martes 8 de diciembre corresponde a la Inmaculada Concepción, fecha que conmemora la concepción de la Virgen María.

El miércoles 9 de diciembre se recuerda la Batalla de Ayacucho, de acuerdo con la Ley Nº 31381. El viernes 25 de diciembre será Navidad. Esas fechas contemplan descanso remunerado para los trabajadores de los sectores público y privado y, en principio, no obligan a recuperar las horas que no se trabajen.

Su alcance es distinto al establecido para el 5 de noviembre, que se limita al personal municipal por mandato legal.

Para quienes no forman parte de las municipalidades, el 5 de noviembre no figura como un feriado nacional aplicable de forma automática. La Ley Nº 31701 circunscribe el beneficio a la responsabilidad municipal y conserva para sus destinatarios el pago de la jornada.

Los trabajadores municipales tendrán el día no laborable con remuneración completa y reconocimiento de tiempo laborado. La disposición legal no modifica la relación de los demás trabajadores con sus empleadores ni amplía el descanso a otras actividades. El próximo feriado será el martes 8 de diciembre por la Inmaculada Concepción, seguido por la Batalla de Ayacucho y Navidad.

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