Exgobernador del Callao Dante Mandriotti fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por colusión agravada

La sentencia señala que los requerimientos no tuvieron una justificación suficiente y que hubo contactos previos con proveedores que luego participaron en los estudios de mercado

Dante Mandriotti fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por el delito de colusión agravada. Composición: Infobae
Dante Mandriotti fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por el delito de colusión agravada. Composición: Infobae
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El exgobernador regional del Callao Dante José Mandriotti Castro fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por el delito de colusión agravada. La decisión fue emitida por el juez Gino Paolo Delzo Livias, del Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao.

La sentencia también alcanza a Jaime Francisco Romero Bonilla, quien recibió cuatro años de prisión efectiva como autor del mismo delito. Daniel Jesús Villalobos Sampén fue condenado a siete años de pena privativa de libertad efectiva en calidad de cómplice primario.

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El proceso judicial está relacionado con las contrataciones efectuadas con motivo del XI GORE Ejecutivo 2019. La investigación se concentró en la forma en que se establecieron los requerimientos y en las actuaciones previas a la selección de los proveedores.

Además de las penas de prisión, el juzgado impuso inhabilitación y días-multa a los condenados. La resolución también determinó el pago de una reparación civil a favor del Estado por S/ 118.900, monto que deberá ser asumido de manera solidaria por los sentenciados.

Juzgado cuestiona la justificación de los requerimientos

La sentencia fue emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao. Difusión
La sentencia fue emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao. Difusión

Según la sentencia, las contrataciones vinculadas al XI GORE Ejecutivo 2019 no contaron con una justificación suficiente respecto de su necesidad. El juzgado examinó la secuencia de actuaciones que precedió a la contratación de los servicios.

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Uno de los elementos considerados fue la existencia de contactos previos con determinados proveedores antes de la formalización de los requerimientos. Posteriormente, los estudios de mercado estuvieron vinculados con esos mismos proveedores.

Para el órgano jurisdiccional, esta secuencia permitió establecer un direccionamiento de las contrataciones hacia determinados proveedores. Este elemento formó parte de los fundamentos utilizados para establecer la responsabilidad penal por colusión agravada.

La resolución también determinó la absolución de Lino Antonio Vigil Delgado, Eli Augusto Caqui de los Ríos y Julia Elena del Castillo Pancorvo.

El juzgado estableció que no se acreditó la participación dolosa de estas tres personas en el acuerdo colusorio. Por ese motivo, sus situaciones fueron diferenciadas de aquellas correspondientes a los condenados.

La decisión, por tanto, estableció responsabilidades distintas dentro del mismo proceso, según los elementos considerados por el juzgado respecto de la intervención de cada procesado.

Investigación fiscal previa a la sentencia

El proceso está relacionado con las contrataciones realizadas para el XI GORE Ejecutivo 2019. Difusión
El proceso está relacionado con las contrataciones realizadas para el XI GORE Ejecutivo 2019. Difusión

El caso ya había sido objeto de una investigación del Ministerio Público antes de la emisión de la sentencia. En agosto de 2022, la Fiscalía informó sobre el pedido de una condena de cinco años y 11 meses contra Dante Mandriotti por los hechos relacionados con las contrataciones del XI GORE Ejecutivo 2019.

En esa etapa, el Ministerio Público sostuvo que contaba con elementos de convicción para sustentar su acusación y señaló que la investigación comprendía a otros funcionarios y personas vinculadas con las contrataciones.

Posteriormente, en enero de 2023, el Ministerio Público informó que el Poder Judicial dictó comparecencia con restricciones contra Mandriotti y otros investigados por el presunto direccionamiento de un contrato relacionado con el evento.

La sentencia emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao estableció las responsabilidades penales correspondientes dentro del proceso y fijó la reparación civil de S/ 118.900 a favor del Estado.

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