Gobierno dicta medidas laborales para miembros de mesa y trabajadores en Elecciones Municipales 2026: ¿Desde cuándo se podrá viajar?

Los electores designados miembros de mesa en el local de votación tendrán un descanso remunerado compensable el lunes 5 de octubre. ¿Y los que no terminaron la capacitación?

Una mano introduce una cédula de votación doblada en una urna de cartón con el logotipo de la ONPE
La Oficina Nacional de Procesos Electorales acreditará con el Certificado de Participación el cumplimiento del rol de miembro de mesa para acceder a los descansos.
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El Gobierno aprobó medidas laborales para facilitar la participación de los trabajadores en las Elecciones Regionales y Municipales del domingo 4 de octubre de 2026.

El Decreto Supremo Nº 014-2026-TR establece descansos, permisos y períodos de tolerancia para quienes integren mesas de sufragio, deban viajar a otra localidad para votar o tengan turnos de trabajo durante la jornada electoral. Las disposiciones alcanzan a empleados de los sectores público y privado.

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Miembros de mesa tendrán descansos según su forma de designación

Los ciudadanos sorteados como miembros de mesa que completen la capacitación y cumplan efectivamente esa función tendrán derecho a un día de descanso remunerado no compensable.

Este beneficio deberá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a los comicios, en una fecha acordada con el empleador. Si no existe consenso, la empresa o entidad pública determinará cuándo se otorgará el descanso.

La medida también contempla a los miembros de mesa que hayan sido sorteados, pero no completaron la capacitación, siempre que desempeñen el cargo el día de las elecciones. En este grupo se incluirá a los electores que sean designados en el propio local de votación ante la ausencia de titulares y suplentes.

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Reciben un día de descanso remunerado compensable”, señala el decreto sobre estos últimos casos. El beneficio se deberá tomar el lunes 5 de octubre, aunque las horas no laboradas deberán recuperarse en los 10 días calendario siguientes o en la fecha que defina el empleador según sus necesidades.

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Los trabajadores del sector público y privado que deban votar en otra localidad podrán ausentarse desde el viernes 2 hasta el lunes 5 de octubre y deberán acreditar su voto.

La ONPE entregará el documento para acreditar la función electoral

El Certificado de Participación que otorgue la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) servirá como sustento para que los trabajadores accedan a los descansos previstos por la norma.

De acuerdo con la resolución, el documento antes citado acreditará que el ciudadano cumplió el rol de miembro de mesa durante el proceso electoral.

Las Elecciones Regionales y Municipales definirán a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, además de alcaldes y regidores provinciales y distritales. La jornada se realizará en todo el país, incluida la Provincia Constitucional del Callao.

La norma dispone estas facilidades para asegurar que los trabajadores puedan votar y que las mesas de sufragio cuenten con personal para recibir los votos, efectuar el escrutinio y elaborar las actas electorales.

Lima Metropolitana podría tener hasta 41 candidatos a la alcaldía en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. (Foto: ANDINA/Archivo)
La norma establece que el trabajador con turno el día de la elección que además sea miembro de mesa podrá no laborar sin perder el descanso adicional que le corresponda.

Quienes trabajen lejos de su local de votación podrán faltar hasta cuatro días

Los empleados de los sectores público y privado que presten servicios en una localidad distinta a aquella donde les corresponde votar podrán no asistir a sus labores entre el viernes 2 y el lunes 5 de octubre. Para acceder a esta facilidad deberán acreditar que ejercieron su derecho al voto.

Los días laborables comprendidos en esta autorización tendrán carácter compensable. En el sector privado, la recuperación se definirá mediante un acuerdo entre trabajador y empleador. Si las partes no llegan a un entendimiento, la empresa decidirá la modalidad de compensación.

En el sector público, cada entidad tendrá que adoptar las medidas necesarias para no afectar la atención de servicios de interés general. Además, deberá establecer la forma en que sus servidores recuperarán las jornadas no trabajadas.

trabajo - desempleo
Los empleados con turnos durante las Elecciones del domingo 4 de octubre tendrán períodos de tolerancia para votar y esas horas serán compensables.

Trabajadores con turno el domingo tendrán tiempo para acudir a votar

Los empleados cuyas jornadas coincidan con el domingo 4 de octubre tendrán derecho a períodos de tolerancia al inicio o durante su horario laboral para acudir a votar. Estas horas también deberán compensarse posteriormente.

El decreto precisa que esta regla se aplica a quienes no estén comprendidos en el supuesto de traslado a otra localidad. Si un trabajador con turno electoral cumple además la función de miembro de mesa, podrá no laborar durante esa jornada, sin perjuicio del descanso adicional que corresponda según su situación.

La norma fue refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, Luis Fernando Galarreta Velarde, y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Manuel Kosme Sheput Moore.

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