Un joven psicólogo reportó por TikTok haber recibido un trato discriminatorio en una oficina de la Reniec cuando intentó renovar su Documento Nacional de Identidad y mantener la opción de donador de órganos, enfrentando objeciones del personal por su discapacidad física.
El caso de Chalito Calienes, nombre con el cual se registra en esta red social, ha generado preocupación sobre el respeto a los derechos de las personas con discapacidad en el acceso a servicios públicos en Perú. Según relató el propio Calienes, durante una visita a la oficina del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para renovar su DNI, el personal le indicó que no podía figurar como donante de órganos debido a su discapacidad.
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“Me dijo: ‘Tú no puedes ser donador de órganos por tu discapacidad, voy a poner un no’. Y yo le dije: ‘Déjela en sí, no tiene nada que ver mi discapacidad’”, relató el joven.

Según su testimonio, la trabajadora insistió en modificar la opción a negativa, argumentando que su condición era incompatible con la donación. Calienes, quien posee una discapacidad motora, declaró que la funcionaria también cuestionó la calificación de su discapacidad, sugiriendo que debía figurar como discapacidad mental.
“Me sentí mal, especial, frustrado”, describió el joven en su testimonio difundido en redes sociales.
Además de este episodio, el joven relató que enfrentó obstáculos técnicos durante el registro de sus huellas digitales. En esa ocasión, el lector biométrico no logró capturar correctamente la huella de sus dedos, situación que atribuyó a las particularidades de su discapacidad. La funcionaria solo intentó una vez y, ante el fallo, le indicó que dejaría el trámite “como salga”.
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Frente a lo ocurrido, Infobae Perú consultó al organismo para obtener información precisa sobre el caso. Desde Reniec señalaron que están revisando el caso y se comunicarán con el afectado.

¿Quiénes pueden ser donantes de órganos?
En Perú, toda persona mayor de 18 años es considerada donante presunto de órganos y tejidos, salvo que exprese lo contrario ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Esta condición queda registrada en el DNI y responde a la Ley N.º 31756, que busca facilitar la donación para fines terapéuticos y aumentar las posibilidades de trasplante para pacientes que lo requieren.
La donación puede realizarse en vida o tras el fallecimiento bajo ciertas condiciones médicas. En caso de donación por muerte, solo pueden ser donantes quienes fallecen por muerte encefálica, es decir, cuando ocurre el cese irreversible de las funciones cerebrales, aunque el corazón siga latiendo con ayuda artificial. Entre los órganos y tejidos que pueden donarse figuran el corazón, pulmones, hígado, riñones, páncreas, córneas, piel, huesos y médula ósea.
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Los ciudadanos pueden cambiar su decisión sobre la donación en cualquier momento acudiendo al Reniec o durante la renovación del DNI, y la ley establece que la voluntad registrada en el documento prevalece sobre la opinión de la familia.
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