
Durante la tarde de este miércoles 8 de julio, la operación de la Línea 1 del Metro de Lima sufrió una interrupción parcial debido a una emergencia registrada en la vía férrea. La medida obligó a modificar el recorrido habitual del servicio y afectó el desplazamiento de los pasajeros en un tramo del sistema.
Como consecuencia de esta situación, la empresa informó cambios temporales en la circulación de los trenes y pidió a los usuarios optar por medios de transporte alternativos mientras se mantiene la restricción en las estaciones afectadas. La información se difundió mediante un comunicado oficial.
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Servicio opera en dos tramos

Según el comunicado emitido por la Línea 1, el ingreso indebido de una persona a la vía férrea motivó el cierre total de las estaciones San Carlos y Los Postes.
Frente a esta situación, el servicio quedó dividido en dos recorridos. El primero funciona desde la estación Villa El Salvador hasta la estación Los Jardines. El segundo opera desde la estación Bayóvar hasta la estación San Martín.
La empresa también precisó que el servicio permanece interrumpido entre las estaciones Los Postes y San Carlos, por lo que no existe circulación de trenes en ese sector de la infraestructura.
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Empresa solicita utilizar otros medios de transporte
En el mismo comunicado, la Línea 1 informó que ofrecerá una nueva actualización a las 6:00 p. m. mediante sus canales oficiales, con el propósito de comunicar cualquier cambio en la operación.
Mientras continúe la interrupción, la empresa recomendó a los pasajeros emplear otros medios de transporte para completar sus desplazamientos. Además, pidió respetar las indicaciones del personal presente en las estaciones.
La Línea 1 agradeció la comprensión de los usuarios e indicó que el personal de estación continuará orientando a los pasajeros mientras se mantiene la modificación temporal del servicio.
Ingreso a las vías constituye un delito
El ingreso indebido a las vías del tren no solo provoca la interrupción del servicio, sino que también constituye un delito contra los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos, conforme al artículo 283 del Código Penal, modificado por el Decreto Legislativo N.° 1589.
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De acuerdo con la normativa, las personas que incurran en esta conducta se exponen a penas de entre uno y cuatro años de cárcel efectiva, además de multas que van desde 100 hasta 5.000 días multa. La legislación también establece que estas sanciones aumentan en un 50 % si el tren se encuentra ocupado al momento del hecho.
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