Aeropuerto Jorge Chávez: LAP rechaza intento judicial para eliminar la TUUA de transferencia internacional

La concesionaria del terminal peruano denunció que Proturismo se fundó en noviembre de 2025 para presentar la demanda, y ahora suma en la denuncia a AETAI, que agrupa a LATAM Perú

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La TUUA de transferencia internacional en el Aeropuerto Jorge Chávez asciende a USD 11,86 con IGV incluido, según LAP.

Lima Airport Partners (LAP), operador del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de Lima, ha rechazado el avance de un proceso judicial que busca la anulación del cobro de la Tarifa Unificada por Uso de Aeropuerto (TUUA) de transferencia internacional, que se aplica a los pasajeros en conexión.

La empresa advirtió que la eliminación de esta tarifa podría afectar la sostenibilidad financiera de la operación aeroportuaria y la infraestructura vinculada al principal terminal aéreo del país.

En un comunicado, la subsidiaria de la alemana Fraport AG subrayó que la acción de amparo presentada por la organización Proturismo pretende anular la Adenda N° 6 al contrato de concesión firmada entre el Estado y LAP, la cual estableció el cobro de la TUUA para pasajeros internacionales en tránsito.

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La compañía explicó que la tarifa se encuentra regulada en el marco contractual vigente y reiteró que el proceso judicial aún no ha recibido un pronunciamiento de fondo por parte del Poder Judicial.

LATAM - aeropuerto jorge chavez
LAP sostuvo que la TUUA internacional se cobra fuera del boleto aéreo mediante una plataforma en línea y módulos presenciales en el aeropuerto.

El proceso judicial vuelve a su etapa inicial

En los últimos días, la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó una decisión previa que había declarado improcedente la demanda de amparo interpuesta por Proturismo.

La sala consideró que el argumento de que el amparo no era la vía idónea para este reclamo no era suficiente para cerrar el caso, por lo que el expediente retorna al Noveno Juzgado Constitucional de Lima. Ahora, el juzgado deberá volver a analizar tanto los argumentos de forma como los de fondo presentados por las partes involucradas.

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La demanda de Proturismo, constituida en noviembre de 2025, según información brindada por Catherine Pacheco, gerente de Asuntos legales y gobernanza de LAP, fue presentada poco después de la implementación de la TUUA de transferencia internacional, por lo que dijo “dudar” de su composición.

Pacheco detalló que la asociación no está inscrita como representante de consumidores ante Indecopi y que, para la empresa, su constitución “parece orientada específicamente a esta acción legal”.

Además, señaló que recientemente la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional del Perú (AETAI) -que agrupa a LATAM Perú, el gran jugador del mercado- se ha sumado formalmente a la demanda de amparo.

LATAM - aeropuerto jorge chavez
AETAI se incorporó a la demanda, mientras LAP señaló que Proturismo no figura inscrita en Indecopi como representante de consumidores.

En conversación con Infobae Perú, Pacheco explicó que la demanda de amparo solicita la nulidad total de la Adenda N° 6, sin diferenciar entre la TUUA nacional o internacional, y también cuestiona la obligación de informar o incluir la tarifa en el boleto aéreo.

La gerente indicó que actualmente el cobro de la TUUA de transferencia internacional, cuyo monto es de US$ 11,86 (incluido IGV), se realiza fuera del boleto, a través de una plataforma en línea y módulos presenciales en el aeropuerto, y reiteró que la TUUA nacional no se encuentra vigente para los pasajeros.

Según Pacheco, la reciente resolución judicial no significa un fallo sobre el fondo del asunto, sino que obliga al juzgado a reiniciar el análisis de todos los argumentos, tanto los expuestos por LAP como los presentados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Ositran, que también figuran como demandados en el proceso.

La abogada advirtió que el proceso judicial podría extenderse durante varios años y eventualmente llegar hasta el Tribunal Constitucional. Además, recalcó que existen argumentos procesales adicionales —además del ya descartado por la sala constitucional— que podrían ser evaluados por el juzgado.

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