¿Puedo votar con DNI vencido en la segunda vuelta 2026? Esto dice Reniec sobre el 7 de junio

La medida excepcional busca facilitar la participación electoral de miles de peruanos que no renovaron su documento a tiempo

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Primer plano de un DNI peruano con "EXPIRADOS" visible, frente a una urna electoral que muestra "Elecciones Presidenciales 2026 - Segunda Vuelta".
Un Documento Nacional de Identidad (DNI) peruano, posiblemente vencido, junto a una urna electoral que indica "Elecciones Presidenciales 2026 - Segunda Vuelta", enfatizando la necesidad de tener la identificación en regla para ejercer el voto. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las reglas para participar en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 ya cuentan con una precisión oficial respecto al principal documento de identificación de los ciudadanos. A pocos días de la jornada electoral, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) difundió una disposición que busca evitar que la situación de miles de documentos afecte el ejercicio del sufragio.

La medida cobra relevancia debido a la proximidad de la elección presidencial prevista para el 7 de junio de 2026. En ese contexto, las autoridades electorales y registrales coordinan acciones para garantizar que los ciudadanos incluidos en el padrón puedan acudir a las urnas sin obstáculos vinculados a la vigencia de su documento de identidad.

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La decisión también responde a la existencia de un importante número de peruanos que no completó a tiempo los trámites de renovación de su DNI. Frente a ese escenario, Reniec estableció una excepción específica para la fecha de votación, con el propósito de facilitar la participación ciudadana en una de las etapas decisivas del proceso electoral.

Reniec autoriza el uso de DNI vencido para sufragar

Una mano sostiene varias tarjetas de identificación DNI peruanas, con la palabra 'VENCIDOS' estampada en rojo sobre ellas, contra un fondo azul
Una mano sostiene múltiples DNI con el sello 'VENCIDOS', informando que las cédulas de identidad caducadas son válidas para votar en las Elecciones Generales 2026, segunda vuelta, el 7 de junio.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil informó que los ciudadanos podrán votar en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 aunque su Documento Nacional de Identidad se encuentre vencido o próximo a vencer. La disposición figura en la Resolución Jefatural 000057-2026.

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Según la entidad, la prórroga excepcional de la vigencia del DNI se extiende hasta el 7 de junio de 2026. La medida tiene una finalidad concreta: permitir que los electores ejerzan su derecho al voto durante la jornada en la que se elegirá al próximo presidente de la República.

Reniec precisó que esta autorización aplica únicamente para la emisión del voto. Por esa razón, el beneficio excepcional solo tendrá validez durante el día de las elecciones y no modifica las condiciones habituales exigidas para otros procedimientos.

Qué tipos de DNI serán aceptados en los locales de votación

La entidad registral indicó que los ciudadanos podrán identificarse con cualquiera de las versiones vigentes del documento nacional. Esto incluye el DNI azul, el DNI amarillo y el DNI electrónico.

En el caso del documento electrónico, la autorización comprende las versiones 1.0, 2.0 y 3.0. La aceptación se mantendrá incluso cuando dichos documentos registren una fecha de vencimiento cumplida.

La disposición busca asegurar que los ciudadanos que no completaron la renovación de su identificación antes de la elección puedan participar en la definición del resultado presidencial.

Reniec señaló que la norma fue publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de mayo con el objetivo de formalizar la medida excepcional.

Además, la institución comunicó que la resolución será puesta en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para las acciones correspondientes dentro de sus respectivas competencias.

La coordinación entre los organismos involucrados forma parte de los procedimientos habituales vinculados a la organización y supervisión de los comicios nacionales.

Más de 27 millones de ciudadanos figuran en el padrón electoral

Plano medio de una mano adulta que entrega un DNI peruano azul con el escudo nacional a otra mano, sobre una mesa con folders y el logo de Reniec.
Una mano entrega un Documento Nacional de Identidad (DNI) peruano con el escudo nacional visible a otra, sobre una mesa con material informativo de Reniec, simbolizando el acceso a la identidad ciudadana. (Imagen Ilustrativa Infobae)

De acuerdo con la información proporcionada por Reniec, el padrón de las Elecciones Generales 2026 registra 27 325 432 ciudadanos habilitados para participar en la segunda vuelta.

La entidad detalló que entre los electores figuran 13 119 593 mujeres y 12 995 026 hombres. Estas cifras corresponden a la relación oficial de ciudadanos convocados para acudir a las urnas el próximo 7 de junio.

El volumen de votantes convierte a esta jornada en una de las movilizaciones cívicas más importantes del país, razón por la cual las autoridades buscan reducir cualquier impedimento relacionado con la identificación de los electores.

Reniec exhorta a recoger los documentos pendientes

Junto con el anuncio sobre el uso excepcional del DNI vencido, Reniec informó que existe una importante cantidad de documentos que aún permanecen sin ser retirados por sus titulares.

Según datos de la institución con cierre al 21 de mayo, más de 500 mil DNI de ciudadanos mayores de edad continúan pendientes de recojo en agencias, oficinas registrales, centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC), Oficinas Registrales Auxiliares, Puntos de Atención no Permanente y Puntos de Atención Permanente distribuidos en el país.

Por ese motivo, la entidad exhortó a los ciudadanos a acercarse a recoger sus documentos. Reniec recordó que, aunque el DNI vencido podrá utilizarse para sufragar durante la segunda vuelta electoral, contar con un documento vigente resulta necesario para diversos trámites bancarios, financieros, notariales y administrativos.

La institución remarcó que la excepción aprobada para el 7 de junio está limitada exclusivamente al acto de votación y no reemplaza la necesidad de mantener actualizada la identificación para otras gestiones de carácter civil, político y social.

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