
La conductora de televisión Magaly Medina no regresará a prisión, de momento. Así lo decidió el Poder Judicial al rechazar la solicitud del exfutbolista Jefferson Farfán para que la pena de servicio comunitario impuesta a la conductora sea revocada.
Como se recuerda, Medina fue condenada a 2 años y 8 meses de prisión efectiva, convertida a 138 jornadas de servicio comunitario; el pago de una reparación civil de 300 mil soles; y 100 días multa. Esto por exponer imágenes del interior del departamento multifamiliar en Miraflores del exjugador de Alianza Lima hasta en dos reportajes emitidos en 2019.
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En agosto del año pasado, Infobae dio a conocer que la Corte Suprema rechazó la nulidad de la conductora de televisión, por lo que la sentencia quedó firme y solo faltaba que el expediente vuelva al juzgado de origen para dar inicio a la ejecución.
En octubre de 2025, la defensa de Jefferson Farfán solicitó al Juzgado que revoque la pena y ordene que Magaly Medina sea ingresada a un penal por incumplimiento del pago de la reparación civil y del servicio comunitario impuesto. En diciembre del mismo año reiteró el pedido.

Magaly Medina se salva de volver a prisión
Recientemente, el Juzgado a cargo de la ejecución de la sentencia rechazó el pedido de Jefferson Farfán. Infobae accedió a la resolución que lo declara “infundado”, pero no se descarta que se le dé la razón en un futuro.
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Para empezar, el Juzgado deja en claro que la reparación civil no es parte de las reglas de conducta que debe cumplir Magaly Medina para no ir a prisión. Si no cumple con el pago sus bienes pueden ser embargados, pero no se revocará su pena.
La única forma en que ello ocurra —revocar su pena y ordenar que vaya a prisión— es si se determina que no cumple con las jornadas de servicio comunitario o el pago de los días multa.
Medina habría iniciado sus jornadas de servicio comunitario el 7 de febrero pasado, aunque ello no le consta del todo al Juzgado. Por ello se solicitó al INPE que informe “en forma detallada y documentada” el número de jornadas que ha realizado, si se ha presentado alguna incidencia o si ha faltado.
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Sobre el pago de 100 días multa impuesto a la conductora, el Juzgado le exige que informe sobre sus ingresos a fin de determinar el monto que deberá abonar.
“En ese sentido la revocatoria no conviene hasta determinarse su incumplimiento (del pago de días multa y las jornadas de servicio comunitario”, concluye el Juzgado.
Violación a la intimidad
El origen de la disputa judicial entre Magaly Medina y Jefferson Farfán se remonta al año 2019, cuando la primera difundió imágenes captadas dentro del departamento del exfutbolista en Miraflores. El contenido exponía la presencia de Yahaira Plasencia en una fiesta organizada en el domicilio de Farfán. El exfutbolista, señalando que esa revelación vulneraba gravemente su vida privada, denunció a la comunicadora por violación agravada a la intimidad.
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Por estos hechos, en julio de 2024, a Medina se le impuso una condena de 2 años y 8 meses de prisión efectiva, convertida a jornadas de servicio comunitario, junto a una reparación civil inicial de 500 mil soles. La Octava Sala Penal Liquidadora de Lima, en apelación, confirmó la responsabilidad penal, pero redujo el monto indemnizatorio a 300 mil soles.
Medina recurrió a la Corte Suprema, pero la Sala Penal Transitoria rechazó su recurso.
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