
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) presentó el proyecto de norma que modifica el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles y/o el bloqueo de equipos terminales móviles vinculados a la comisión de delitos.
El objetivo es fortalecer la protección de los usuarios y mejorar la respuesta ante delitos como el robo o uso indebido de celulares, estableciendo reglas más claras y ágiles para que los afectados puedan actuar rápidamente y evitar el uso fraudulento de sus líneas y equipos.
Nueva facultad para el usuario: suspensión temporal directa
El cambio más relevante que introduce el proyecto es la posibilidad de que los usuarios soliciten directamente la suspensión temporal de su servicio móvil y/o el bloqueo del equipo terminal vinculado a un delito.
Para ello, el usuario deberá ingresar su solicitud a través de un sistema digital implementado por OSIPTEL, señalando el número de la línea y/o el IMEI del equipo, y adjuntando la denuncia y constatación policial correspondiente.

Antes de proceder, OSIPTEL verificará la autenticidad y validez de la documentación con la Policía Nacional del Perú (PNP). Si la denuncia no es válida, la solicitud será rechazada.
Si la verificación es positiva, OSIPTEL trasladará la solicitud a la empresa operadora, la cual estará obligada a ejecutar la suspensión o el bloqueo en un plazo máximo de tres horas.
Tras recuperar el celular, el usuario podrá solicitar su desbloqueo
El nuevo procedimiento del organismo regulador peruano también incorpora mecanismos claros para la reactivación del servicio o desbloqueo del equipo.
Cuando cesen los motivos que originaron la suspensión o el bloqueo, la reactivación podrá ser solicitada por las autoridades competentes y la operadora deberá restituir el servicio en un plazo máximo de un día, siempre que la solicitud ocurra dentro de los noventa días posteriores a la baja inicial.

En caso de que hayan transcurrido seis meses desde la suspensión temporal y no se haya resuelto la causa que la originó, la empresa operadora deberá dar de baja definitivamente la línea móvil involucrada.
Este proceso automático responde a la necesidad de sanear el registro de líneas y reducir la reutilización de líneas asociadas a hechos delictivos.
OSIPTEL: Obligaciones de información y régimen sancionador
Las empresas operadoras estarán obligadas a informar a los usuarios, a través de todos sus canales de atención (telefónico, presencial y digital), sobre la ejecución de la suspensión, baja o bloqueo, indicando el motivo, la fecha y la entidad competente que solicitó la acción. Además, deberán proporcionar información sobre los canales habilitados para consultas u objeciones.
La carga de la prueba sobre el cumplimiento del procedimiento recaerá en la operadora, que deberá acreditar cada paso realizado. El proyecto también refuerza el régimen sancionador, tipificando como infracciones el incumplimiento de los plazos, la falta de información al usuario y la inobservancia de las acciones ordenadas por OSIPTEL.

Consulta pública y entrada en vigencia
El texto del proyecto se encuentra en consulta pública durante 15 días calendario, contados desde la publicación de la resolución correspondiente en el diario oficial El Peruano. Durante este plazo, cualquier interesado puede remitir comentarios a través de la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL.
La norma, una vez aprobada, entrará en vigencia nueve meses después de su publicación, otorgando a las operadoras el tiempo suficiente para adaptar sus sistemas y procedimientos internos. Con este marco, OSIPTEL refuerza la protección de los usuarios ante delitos y promueve una gestión más eficiente y transparente por parte de las operadoras de telefonía móvil en el país.
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