
El anuncio del teletrabajo obligatorio para las entidades públicas en Lima Metropolitana y el Callao no implicará la paralización total de los servicios del Estado. Algunas instituciones continuarán atendiendo al público de manera presencial o mixta para evitar que trámites clave se detengan durante la emergencia vinculada al suministro de gas natural.
La medida fue comunicada el 7 de marzo de 2026 por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, que estableció el trabajo remoto excepcional entre el 9 y el 14 de marzo. Durante ese periodo, la mayoría de servidores civiles realizará sus labores desde casa, pero ciertas funciones consideradas esenciales deberán mantenerse activas.
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Teletrabajo en el Estado: cómo funcionará la medida en Lima y Callao
El teletrabajo dispuesto por el Gobierno se aplicará de forma temporal y obligatoria para las entidades públicas ubicadas en Lima Metropolitana y el Callao. La decisión busca reducir la movilidad de trabajadores mientras se enfrenta la crisis relacionada con el abastecimiento de gas natural en la capital.
De acuerdo con Servir, cada institución pública será responsable de identificar qué puestos requieren presencia física para asegurar que los servicios más importantes continúen operando. Para ello, los titulares de cada entidad podrán establecer turnos, esquemas semipresenciales u otras modalidades que permitan mantener la atención al público.

En la práctica, esto significa que muchos trabajadores del Estado cumplirán sus funciones de manera remota, pero ciertas áreas seguirán abiertas para trámites urgentes o actividades que no pueden realizarse a distancia.
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La medida tiene carácter excepcional y está respaldada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000040-2026-Servir-PE, emitida en el contexto de la emergencia declarada por el sector Energía y Minas.
Reniec, EsSalud y otras instituciones que seguirán atendiendo
Entre las entidades que mantendrán operaciones presenciales se encuentran organismos vinculados al sistema electoral. Según el pronunciamiento de Servir, continuarán trabajando instituciones como el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Estos organismos brindan servicios que requieren atención directa, como trámites de identificación o procedimientos vinculados a procesos electorales, por lo que su funcionamiento no puede suspenderse completamente.
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En el sector salud también se mantendrá la atención presencial. Continuarán operativos los establecimientos del Ministerio de Salud del Perú y del Seguro Social de Salud, así como centros de atención comunitaria que brindan servicios médicos a la población.
La continuidad de estos servicios busca evitar que la emergencia energética afecte la atención de salud o la realización de trámites esenciales para los ciudadanos.
Fiscalización y servicios críticos también seguirán operativos
El comunicado de Servir también señala que algunas funciones vinculadas a fiscalización, supervisión y regulación deberán mantenerse activas.
Entre las instituciones que continuarán con estas labores figuran el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, organismos encargados de vigilar el cumplimiento de normas en el ámbito empresarial y laboral.
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También se mantendrán operaciones en entidades relacionadas con servicios públicos estratégicos, como la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería.

De igual forma, continuará la atención del Programa Aurora, a través de los Centros de Emergencia Mujer, que brindan asistencia a víctimas de violencia.
Servir también precisó que las actividades logísticas vinculadas al transporte aéreo, portuario y terrestre seguirán funcionando, debido a su importancia para el abastecimiento y la movilidad en el país.
¿Cuál es la situación de los colegios privados?
La situación fue distinta en el caso de los colegios privados. Antes de que el Gobierno publicara la norma que obligaba a dictar clases virtuales, existía un debate legal sobre si las instituciones educativas privadas estaban obligadas a suspender la presencialidad.
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La exministra de Educación Marilú Martens señaló que, en ese momento, el anuncio del Ministerio de Educación del Perú no tenía carácter obligatorio porque no había sido publicado oficialmente en el diario El Peruano.
Según explicó, lo que existía inicialmente era solo un comunicado que recomendaba suspender las clases presenciales. En ese contexto, los colegios privados mantenían autonomía para organizar su calendario escolar y decidir cómo desarrollar sus actividades académicas.

Sin embargo, horas antes del inicio de la jornada escolar del lunes, el Ejecutivo formalizó la medida mediante la Resolución Viceministerial N.° 033-2026-MINEDU. Con esta norma se estableció que las instituciones educativas de Lima y Callao debían implementar clases virtuales durante el periodo comprendido entre el 9 y el 14 de marzo.
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