Perú permite el ingreso de emergencia de camiones con GLP extranjero por crisis de Camisea

Las cisternas con GLP podrán ingresar al país sin inscribirse en el Registro de Hidrocarburos, anunció Osinergmin. También se permitirá el uso de tanques de gasolina para transportar diésel

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El Consejo Directivo de Osinergmin
El Consejo Directivo de Osinergmin aprueba medidas excepcionales para asegurar el suministro de combustibles ante la emergencia de gas natural.

El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó medidas excepcionales y transitorias para facilitar el abastecimiento de combustibles en el país durante la emergencia del suministro de gas natural, una situación declarada oficialmente por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) a través de la Resolución Vice-Ministerial N° 004-2026-MINEM/VMH, vigente desde el 1 hasta el 14 de marzo de 2026.

Osinergmin autoriza uso combinado de tractos y cisternas para transporte de combustibles

Según la publicación en el diario oficial El Peruano, la decisión responde a la necesidad de asegurar la continuidad de los servicios críticos para la economía y el bienestar de la población durante el periodo de emergencia en el suministro de gas natural.

El MINEM activó un mecanismo de racionamiento de volúmenes al mercado interno, lo que llevó a Osinergmin a establecer disposiciones regulatorias temporales para optimizar la logística y ampliar la capacidad de respuesta de los operadores del sector hidrocarburos.

La nueva normativa permite la
La nueva normativa permite la operación de camiones cisterna de GLP a granel durante todo el periodo de emergencia declarado por el MINEM.

Entre las medidas adoptadas, Osinergmin autorizó el uso combinado de tractos y cisternas inscritos bajo diferentes fichas de registro de un mismo operador, con la condición de verificar la compatibilidad técnica entre ambos equipos.

También se permitirá que las unidades de transporte autorizadas para gasolinas o gasoholes puedan transportar diésel en los compartimentos habilitados para estos productos, siempre que los agentes aseguren condiciones adecuadas para preservar la calidad del combustible.

Permiten transporte de diésel en tanques destinados a gasolinas o gasoholes

Durante la emergencia, las unidades de transporte con placas extranjeras que ingresen combustibles derivados de hidrocarburos o gas licuado de petróleo (GLP) por operaciones de importación podrán operar sin inscripción en el Registro de Hidrocarburos.

Para hacerlo, los agentes deberán comunicar previamente a Osinergmin, presentar una póliza de seguro vigente y una declaración jurada de cumplimiento de la normativa técnica y de seguridad. Además, deberán contar con la documentación emitida por la autoridad competente del país de origen que acredite su aptitud técnica.

Las empresas envasadoras de GLP
Las empresas envasadoras de GLP podrán importar y almacenar gas en plantas no declaradas, siempre contando con póliza de responsabilidad civil extracontractual vigente.

Otras disposiciones incluyen la habilitación de camiones cisterna utilizados por distribuidores de GLP a granel para el transporte de este combustible.

Asimismo, se flexibilizan temporalmente los requisitos de inscripción en el Registro de Hidrocarburos para el almacenamiento de GLP en plantas de abastecimiento distintas a las originalmente declaradas, así como para la importación de GLP por parte de empresas envasadoras debidamente inscritas. Estas empresas deberán contar con una póliza de responsabilidad civil extracontractual vigente.

Habilitan más camiones cisterna de GLP para ampliar el transporte del combustible

Osinergmin estableció que la vigencia de estas excepciones y medidas transitorias se limita estrictamente al periodo de emergencia declarado por el MINEM, o sus eventuales ampliaciones. Finalizada la emergencia, se restablecerán los procedimientos y obligaciones regulares del sector hidrocarburos.

La normativa publicada señala que los agentes que se acojan a estas medidas son responsables de cumplir con todas las condiciones técnicas y de seguridad vigentes, además de las coberturas de seguro correspondientes.

De acuerdo con la resolución, el organismo regulador peruano se reserva la potestad de fiscalizar la aplicación de las medidas y de adoptar acciones administrativas en caso de detectar riesgos para la vida, el patrimonio o la salud de las personas.