
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado peruano por la muerte de Celia Ramos, una de las víctimas del programa de esterilizaciones forzadas aplicado en el régimen del exdictador Alberto Fujimori (1990–2000).
La sentencia, comunicada este jueves desde San José de Costa Rica, concluye que el Estado vulneró derechos fundamentales de Ramos y su familia, en lo que constituye el primer caso sobre ligaduras de trompas sin consentimiento en Perú que juzga este tribunal.
En 1997, la campesina de 34 años acudió a un puesto de salud en el caserío de La Legua, en la región norteña de Piura, en busca de atención odontológica. Sin embargo, fue presionada para someterse a la intervención, tras la cual falleció.
Su familia no recibió información clara sobre su estado y, aunque su esposo denunció al personal médico tras los 19 días que permaneció hospitalizada, la Fiscalía archivó el caso al considerarlo un hecho fortuito y cerrar el proceso con una conciliación extrajudicial.

La Defensoría del Pueblo cuestionó esa decisión y atribuyó la muerte a la intervención. En 2002 se abrió un proceso contra los responsables del programa, aún sin resolver.
Entre 1996 y 2001, el Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar del régimen de Fujimori esterilizó a 272.028 mujeres, de las cuales el 90% lo hizo bajo presión, amenazas o incentivos, sin información adecuada, según distintas investigaciones.
Aunque la ligadura de trompas es un método anticonceptivo considerado seguro, la iniciativa no garantizaba condiciones mínimas de salubridad ni controles pre o postoperatorios. La mayoría de las víctimas fueron mujeres quechuahablantes, pobres y campesinas.
“Ella era una mujer sana, no tenía ninguna enfermedad que la hiciera tener alguna incapacidad ni nada por el estilo. Definitivamente, su partida dejó en todos un gran vacío. Nuestra familia se desequilibró; ya no había esa unión, esa armonía entre todos. Significó muchísimo para nosotros que ella ya no esté“, dijo a la agencia EFE Marisiela Monzón, una de sus tres hijas.
En 2010, la organización DEMUS llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que posteriormente fue presentado ante el tribunal junto con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Centro de Derechos Reproductivos.
El fallo reciente declaró responsable al Estado peruano por la violación de los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, vida privada, acceso a la información, familia, igualdad ante la ley y salud, conforme a la Convención de Belém do Pará.

El tribunal concluyó que el Estado no cumplió con su obligación de iniciar de oficio y llevar a cabo una “investigación diligente” tras la muerte de Ramos, según la nota oficial. Además, señaló que el proceso contra los responsables no respetó los estándares de un plazo razonable.
La sentencia reconoció que los familiares de la víctima, en especial sus tres hijas, sufrieron graves afectaciones como resultado de la esterilización, la muerte y la falta de justicia. Por esta razón, la Corte ordenó al Estado implementar medidas de reparación y garantías de no repetición.
Según Salud con Lupa, en Piura, donde vivía Ramos, en 1997 se les pedía a 97 médicos realizar 250 ligaduras en cuatro días con un solo quirófano, pero se negaron al denunciar que la presión del Ministerio de Salud atentaba contra la ética médica y la dignidad de las pacientes.
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