
A partir de julio de 2026, el Congreso de la República del Perú retomará el sistema bicameral, lo que pondrá fin a tres décadas de unicameralismo. El nuevo Parlamento estará compuesto por 130 diputados y 60 senadores, cada uno con funciones diferenciadas, según precisó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
La restauración del sistema bicameral implica el regreso a la estructura vigente hasta la Constitución de 1993, momento en que se instauró el unicameralismo. La ONPE destaca que la Ley 31988 restablece la tradición bicameral y define su entrada en vigor para 2026.
En las próximas elecciones, los peruanos elegirán a los integrantes del Parlamento bicameral, que contará con 130 diputados y 60 senadores, cargos con roles especiales distintos entre sí y en el que el Senado será pieza clave para su funcionamiento.

¿Cuáles serán las funciones de senadores y diputados?
De acuerdo con la ONPE, la Cámara de Diputados tendrá competencias como la presentación, debate y aprobación inicial de proyectos de ley, que luego serán revisados por el Senado. Entre sus atribuciones figuran la iniciativa legislativa, la capacidad de interpelar y censurar a ministros de Estado, la conformación de comisiones investigadoras y la facultad de acusar a altos funcionarios por delitos relacionados con sus funciones.
Este grupo de parlamentarios estará encargado de ejercer el control político y asumirá un rol central en la fase inicial del proceso legislativo.
Por su lado, el Senado revisará los proyectos de ley remitidos por la Cámara de Diputados, con potestad para aprobarlos, modificarlos o rechazarlos, según lo indicado por la ONPE.

Pero las funciones de esta Cámara son aún más importantes, pues tendrán la capacidad de elegir a funcionarios clave: al defensor del Pueblo, al contralor general, al superintendente de Banca, Seguros y AFP (SBS), a los miembros del Tribunal Constitucional y al directorio del Banco Central de Reserva, entre otros altos funcionarios, conforme expone RPP.
Luis Roel, abogado experto en derecho constitucional, indicó que este nuevo Senado podrá modificar cualquiera de las iniciativas enviadas por los diputados sin necesidad de hacer consultas para llevar a cabo esos cambios.
“La Cámara de Senadores va a poder cambiar todo lo que mande en cuanto a leyes la Cámara de Diputados sin rendirle cuentas a la Cámara de Diputados, lo cual no sucedía, por ejemplo, en el Congreso bicameral de la Constitución de 1979, que sí había lo que se denominaba el reenvío”, aseguó en el medio radial.
El Parlamento funcionará bajo el modelo de “bicameralismo imperfecto”, según explica RPP. Este sistema otorga competencias exclusivas a cada cámara, por lo que ningún órgano podrá asumir las atribuciones del otro. La ONPE subraya que estas barreras refuerzan una separación estricta de funciones y consolidan el control recíproco dentro del trabajo legislativo.

En materia presupuestaria, la cooperación entre cámaras será obligatoria. La aprobación del dictamen requerirá consenso de las comisiones de diputados y senadores, quienes deberán coordinarse para acordar el texto definitivo. Ambas cámaras ejercerán el mismo voto y responsabilidad en la aprobación del presupuesto nacional.
El diseño institucional refuerza los mecanismos de contrapeso y control constitucional. RPP indica que el Tribunal Constitucional podrá revisar y declarar la constitucionalidad de las normas emitidas por el Congreso, interviniendo si alguna de las cámaras o el pleno exceden sus competencias legales o dictan disposiciones incompatibles con la Carta Magna.
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