
La candidata al Senado del Partido Aprista, Carla García, fue sentenciada por haber difamado a la excongresista izquierdista Verónika Mendoza en 2023. Esto durante un programa en Willax, al usar frases como “eres prima de terroristas”, “eres habilitadora de terroristas”, “eres casi el mismo ADN que los terroristas” y “terrucaza”.
Si bien se determinó la responsabilidad penal —se comprobó que García incurrió en el delito de difamación agravada—, la jueza Luisa Noriega Chu decidió reservar el fallo condenatorio contra la candidata del Apra. Ello a raíz de que considera que hay un “pronóstico favorable de conducta” porque no tiene antecedentes penales, la difamación se realizó cuando trabajaba y no generó alarma social.
Verónika Mendoza solicitó una reparación civil de 400 mil soles. Sin embargo, la magistrada advierte que “no ha presentado documento o instrumental que acredite su pretensión”.
La magistrada fija la reparación civil en 40 mil soles, considerando que la difamación a Mendoza quedó acreditada y que la defensa ha efectuado diversos gastos para sacar adelante la querella.

Reglas de conducta de Carla García
Por un año, la candidata aprista Carla García deberá cumplir las siguientes reglas de conducta:
- No variar de domicilio ni ausentarse de la ciudad, sin conocimiento y autorización previa del Juzgado
- Cumplir obligatoriamente cada 30 días con presentarse en la Oficina de Registro y Control Biométrico de la Corte Superior de Justicia de Lima, portando su DNI con la finalidad de registrar su firma y justificar sus actividades
- No cometer nuevo delito doloso
- Cumplir con pagar el monto de la reparación civil
En caso de que García no cumpla con algunas reglas de conducta mencionadas, la jueza podrá revocar la reserva del fallo condenatorio y dictar la condena contra la postulante aprista. La magistrada también podría hacerle una “severa advertencia” o prorrogar el periodo de pruebas de las reglas de conducta.
Rechazan defensa de García
La defensa de Carla García se centró en justificar los calificativos contra Verónika Mendoza al afirmar que es un personaje público susceptible al escrutinio público. Sin embargo, la jueza Luisa Noriega Chu desestima este argumento.

“A la fecha en que ocurrieron los hechos materia de litis y el asesinato de los 7 policías en el VRAEM, la querellante no se encontraba desempeñando o se desempeñaba en cargos de funcionaria pública, como tampoco ha tenido alguna suerte de participación o influencia en los hechos; asimismo, si bien la noticia resulta de importancia o relevancia pública, las declaraciones vertidas al inicio del programa no resultan trascendentales para la materia que se estaba discutiendo en ese momento”, se lee en el fallo.
Reaccionan
Carla García se mostró disconforme con la sentencia, cuestionó a la jueza y anunció que apelará.
García indicó que “para que gane, la jueza Noriega Chu (conocida por varios fallos polémicos contra la libertad expresión) tuvo que argumentar que Mendoza no es política”. Sin embargo, eso no se ciñe a la sentencia.
La magistrada sostiene que al momento de la difamación, Mendoza no ejercía un cargo público, más no niega que sea una figura política.
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