
El Colegio de Abogados de Lima (CAL) inhabilitó la colegiatura de la fiscal suprema Patricia Benavides luego de que el Consejo de Ética la suspendiera por 6 meses por faltas éticas.
De acuerdo al portal de Consulta de Habilidad del CAL, el estado de la colegiatura de Benavides Vargas es “inhabilitado”.

Esta semana, el Consejo de Ética acordó suspender a la exfiscal de la Nación como abogada por considerarla un peligro para la institución debido a infracciones éticas cometidas en relación con la investigación de su hermana Enma Benavides por presuntos sobornos de procesados por narcotráfico.
La resolución subraya que la “permanencia de personas cuyos antecedentes revelan actuaciones contrarias a los principios éticos y de transparencia, debilita la confianza en las instituciones, dificultando la implementación de políticas que favorezcan el bienestar general y el interés colectivo de todos los miembros de la Orden”.
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El origen del caso remonta a 2022, cuando Patricia Benavides postulaba a una plaza de fiscal suprema ante la anterior Junta Nacional de Justicia (JNJ). Durante ese proceso, se le preguntó qué garantía ofrecía de imparcialidad frente a investigaciones que involucraran a familiares. Benavides declaró ante la JNJ: “Jamás interferiría o tendría injerencia en una investigación donde un familiar esté investigado”. Pese a esa afirmación, el Consejo de Ética del CAL determinó que, ya en funciones como fiscal de la Nación, tomó decisiones que contradicen su compromiso.
En particular, la suspensión se fundamenta en los hechos posteriores a su juramentación en el cargo de fiscal de la Nación, cuando emitió la resolución 1553-2022-MP-FP con la que cesó a Bersabeth Revilla como fiscal suprema provisional transitoria.
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Revilla se desempeñaba como responsable de la investigación contra Enma Benavides, hermana de Patricia, por presuntos sobornos recibidos durante sus funciones en la ex Sala Penal Nacional. El motivo oficial alegado fue una presunta baja productividad de Revilla; sin embargo, una verificación posterior probó que el informe utilizado como justificación contenía información falsa.
Este conjunto de acciones llevó al CAL a concluir que Benavides habría incurrido en seis faltas éticas al mentir respecto a su disposición de no intervenir en el caso de su hermana. Según la resolución, tales conductas infringieron el artículo 6, inciso 1, del Código de Ética, que obliga a los abogados a actuar “con sujeción a los principios de lealtad, probidad, veracidad, honradez, eficacia y buena fe; así como del honor y dignidad propios de la profesión”.
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Represalias
El decano del Colegio de Abogados de Lima, Raúl Canelo, denunció que los miembros del Consejo de Ética fueron blanco de represalias, abuso de poder e incluso de una denuncia penal promovida por el procurador público de la JNJ, quien alegó un supuesto “abocamiento indebido” de los integrantes del Consejo.
Según explicó Canelo, no existe impedimento legal para que la instancia ética analice hechos de relevancia deontológica, incluso cuando estos converjan con procesos judiciales en curso, ya que los ámbitos “ético y jurisdiccional son autónomos”.
El comunicado del CAL precisa que todo este conflicto se origina en una denuncia ética realizada por una institución no gubernamental contra algunos miembros de la JNJ, en torno a comportamientos antiéticos cometidos a título personal. Una vez admitida la denuncia y garantizado el derecho de defensa, el Consejo de Ética inició el proceso respectivo. No obstante, tras la sanción a Benavides, el procurador de la JNJ presentó una denuncia penal contra los miembros del Consejo.
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Frente a ello, el decano del CAL consideró que la utilización de recursos estatales para defender a personas señaladas en su calidad individual podría constituir delito de peculado de uso. El CAL anunció que emprenderá las acciones penales correspondientes ante la Procuraduría General del Estado por peculado, abuso de autoridad y otros delitos.
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