
En una operación coordinada entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y el Ministerio Público, la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos inmovilizó una barra de oro de aproximadamente siete kilos, valorizada en más de 972 mil dólares —equivalentes a más de 3.2 millones de soles—. La pieza, cuya pureza alcanza el 99.56%, fue detectada en un almacén aeroportuario del Callao, antes de ser enviada a Italia.
La diligencia estuvo a cargo de la fiscal provincial Luz Taquire Reynoso y la fiscal adjunta Mabel Tucto Albornoz, quienes dispusieron la medida tras confirmarse que la carga no contaba con documentación que acreditara su origen legal. Según información oficial, el hallazgo se produjo cuando agentes de la Sunat identificaron irregularidades en los documentos de exportación, lo que motivó la intervención inmediata del Ministerio Público para realizar las verificaciones correspondientes.
De acuerdo con el peritaje efectuado por la Oficina de Peritajes del Ministerio Público y especialistas de la Dirección de Investigación de Lavado de Activos (Dirila) de la Policía Nacional, la barra tenía características compatibles con el oro extraído mediante procesos informales o ilegales. Esta situación llevó a los fiscales a ordenar su inmovilización mientras avanzan las investigaciones sobre su procedencia y los responsables de la operación comercial.
La medida forma parte de una investigación más amplia sobre el presunto delito de lavado de activos proveniente de la minería ilegal en Arequipa, en la que están comprendidos Jorge Zuazo, Manuel Maldonado y Jesús Maldonado, además de una empresa minera vinculada a las operaciones de exportación.
Operativos contra el lavado de activos

Durante los últimos días, el Ministerio Público ejecutó varias diligencias similares. Hace una semana se inmovilizaron otras tres barras de oro en circunstancias parecidas, por lo que hasta el momento se acumulan cuatro piezas inmovilizadas, valorizadas en conjunto en cerca de 15 millones de dólares. Estas acciones forman parte de un esfuerzo sostenido para desarticular las redes financieras que operan alrededor de la minería ilegal, una actividad que genera pérdidas millonarias al Estado y favorece el blanqueo de dinero a través de empresas fachada o exportaciones simuladas.
La fiscal Luz Taquire precisó que el material permanecerá bajo resguardo en una bóveda del Callao mientras se desarrollan las investigaciones correspondientes. “El oro permanecerá inmovilizado en una bóveda de la misma sede aduanera en el Callao mientras continúan las investigaciones”, sostuvo.
La intervención contó con la participación de la Sunat, la Dirila de la Policía Nacional y la Oficina de Peritajes del Ministerio Público, organismos que integran el equipo técnico de apoyo en los casos de lavado de activos relacionados con minería ilegal. La coordinación entre estas entidades ha sido clave para rastrear la ruta del oro desde los centros de extracción hasta los puntos de embarque, donde muchas veces se ocultan bajo empresas con apariencia legal.
La figura de la extinción de dominio

En el contexto de estas investigaciones, el Ministerio Público busca aplicar la figura jurídica de la extinción de dominio, un mecanismo que permite al Estado decomisar bienes vinculados a actividades ilícitas sin necesidad de que exista una sentencia penal firme. Esta herramienta se aplica a propiedades, dinero, vehículos, minerales y cualquier otro bien cuya procedencia sea ilegal o haya sido utilizado para la comisión de delitos.
En el Perú, la extinción de dominio se ha consolidado como un instrumento fundamental para recuperar activos y debilitar las estructuras económicas del crimen organizado. En el caso de la minería ilegal, su aplicación cobra especial relevancia debido a las dificultades para rastrear el origen del oro y la frecuencia con que este se comercializa mediante empresas exportadoras que operan como fachada.
Fuentes del Ministerio Público explicaron que este tipo de medidas busca no solo incautar los bienes, sino también impedir que los responsables continúen utilizando sus ganancias para financiar nuevas actividades ilícitas. Al inmovilizar el oro y someterlo al proceso de extinción de dominio, se garantiza que el Estado pueda recuperar recursos generados fuera del marco legal y destinarlos a fines públicos.
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