
Un tribunal en La Banda de Shilcayo, región San Martín, impuso una pena de 20 años de prisión para Tomás Ramírez Barrera, técnico de laboratorio declarado responsable por violación sexual contra una joven paciente en estado de gestación, a quien atendió en 2020. El hecho ocurrió en julio de ese año, durante el periodo de confinamiento por la pandemia del Covid-19, cuando la víctima acudió al consultorio del agresor para realizarse exámenes clínicos relacionados con su embarazo.
Un caso que conmocionó a la región San Martín
Las investigaciones determinaron que la joven gestante solicitó análisis de sangre y orina en el laboratorio dirigido por Ramírez Barrera, sin anticipar el abuso que sufriría. El ahora sentenciado utilizó el pretexto de efectuar un examen manual, pese a que no existía ninguna justificación médica válida para ese procedimiento en ese contexto. La víctima fue sometida sexualmente, en una clara situación de vulnerabilidad y aprovechamiento de su estado de embarazo.
Durante el proceso judicial, la Fiscalía Provincial Mixta de La Banda de Shilcayo a cargo de Paola Katherine Arévalo Rengifo presentó pruebas documentales y testimonios que acreditaron la culpabilidad del técnico. La fiscal sustentó que Ramírez Barrera intentó coaccionar a la agraviada, ofreciéndole dinero con el fin de evitar la denuncia penal, tentativa que fue rechazada por la joven. El tribunal valoró la firmeza de la víctima, así como el contexto agravante del caso, al tratarse de una mujer gestante.

Hechos probados y agravantes legales
El delito se produjo en condiciones agravantes previstas en la normativa peruana. Conforme al Código Penal de Perú, las penas por violación sexual de personas mayores de catorce años pueden oscilar entre los 12 y los 20 años de privación de libertad. Cuando concurre la agravante de embarazo o especial estado de vulnerabilidad física o emocional, la sanción se incrementa automáticamente al máximo previsto en el marco legal. En este proceso, el tribunal consideró además el abuso de confianza y la condición de profesional de la salud como circunstancias adicionales de gravedad.
La sentencia de 20 años de cárcel dictada contra Tomás Ramírez Barrera se enmarca dentro del máximo legal para estos delitos, dada la naturaleza de los agravantes. Este tipo de condenas incluye, además de la reclusión efectiva, la inhabilitación para ejercer cualquier actividad o labor vinculada a la atención de pacientes.

Situación del condenado y medidas de búsqueda
El paradero de Ramírez Barrera es actualmente desconocido. Las autoridades judiciales han solicitado su ubicación y detención en todo el territorio peruano. Se mantiene vigente una orden de captura nacional para que la sentencia pueda ejecutarse. La Fiscalía subrayó que “la obtención de justicia en estos casos constituye un mensaje contundente frente a la violencia sexual y la impunidad”.
En casos similares de violencia sexual, la legislación peruana establece que cuando el agresor se encuentra prófugo tras la lectura de la sentencia, se activa automáticamente un proceso de búsqueda y, cuando se identifique su localización, las autoridades pueden proceder a su captura inmediata.
Contexto nacional y la importancia de la denuncia
Los delitos de violencia sexual en el ámbito médico han recibido atención prioritaria en Perú durante los últimos años. Los procesos judiciales incorporan medidas de protección a las víctimas, quienes pueden acceder a atención especializada y apoyo legal. El caso de La Banda de Shilcayo refuerza la relevancia de que las víctimas presenten sus denuncias, incluso ante ofrecimientos de dinero o amenazas, y respalda la labor de las fiscalías especializadas en la defensa de grupos vulnerables.
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