El expresidente Pedro Castillo reconoció que el día antes del golpe de Estado se reunió con el expremier Aníbal Torres, la entonces jefa del gabinete Betssy Chávez y el ministro del Interior Willy Huerta. Sin embargo, indicó que dicho encuentro no tenía como objetivo conspirar para rebelarse.
“El Perú entero sabe de que el 7 de diciembre de 2022, el Congreso tenía agendada una tercera vacancia al gobierno legítimo del país, que vino a solucionar los grandes problemas históricos y olvidados de nuestra patria. Eso significaba que el 6 de diciembre, todas las reuniones que sostenía era justamente para responder en el Congreso de la República”, dijo Castillo en la audiencia del juicio oral de hoy martes 7 de octubre.
En esa línea, el golpista reiteró que no conocía ni se reunió con los efectivos policiales que están acusados junto a él.
“No los conocí a ellos. Pero sí me dicen que me reuní con el doctor Aníbal, con la doctora Betssy y con el doctor Willy Huertas, claro que me reuní con ellos porque eran parte de mi gabinete, parte de mi gobierno. ¿Con quién más tenía que hacerla? Pero no me reuní para conspirar. Me reuní para justamente responder esta tercera vacancia de Congreso que el día de hoy hace lo que quiere ante el país con una señora inquilina de Palacio", señaló en referencia a Dina Boluarte.

Pedro Castillo expuso este argumento ante el anuncio de la Sala Penal a cargo del juicio de eventualmente desvincularse de la acusación por rebelión e inclinarse por una imputación por conspiración para la rebelión.
“Conspiración que hoy en día vienen (a traer) otra vez a esta sala, cuando el propio Ministerio Público, luego de una exhaustiva investigación, lo ha sacado al inicio de este proceso. Otra vez se viene a cabo (sic) cuando no se ha podido demostrar los otros delitos. Quisiera saber, en todo caso, que se me explique o se me dé más luces en qué parte de la norma una persona puede ser investigada dos veces por el mismo delito”, señaló.
Pedro Castillo exige pensión vitalicia
Pedro Castillo ha solicitado al Poder Judicial la ejecución inmediata de la sentencia que ordena al Congreso otorgarle una pensión vitalicia de 15.600 soles mensuales, pese a que el Parlamento ya apeló la decisión.
La defensa de Castillo argumentó que el Congreso incurrió en un trato desigual, ya que mientras a él se le negó el beneficio por estar sometido a denuncia constitucional, a Alberto Fujimori se le concedió la pensión vitalicia a pesar de haber sido condenado por corrupción y homicidio. El juzgado determinó que esta diferencia vulneró el derecho a la igualdad y declaró nulas las resoluciones parlamentarias que rechazaron la solicitud de Castillo, ordenando emitir una nueva resolución que le otorgue el beneficio.
El pedido fue presentado ante el juez supernumerario Alexis Anicama Budiel, del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, con base en el artículo 26 del Nuevo Código Procesal Constitucional. Esta norma establece que una sentencia favorable de primera instancia puede ejecutarse de inmediato si no genera irreversibilidad ni daños desproporcionados al demandado. Además, la resolución que ordena la ejecución inmediata es “inimpugnable y mantiene su vigencia hasta que se emita resolución última y definitiva que pone fin al proceso”.
En mayo de 2024, el Parlamento había denegado la pensión a Castillo citando el artículo 2 de la Ley 26519, que suspende el beneficio para exjefes de Estado denunciados constitucionalmente. No obstante, meses después, el mismo Congreso otorgó la pensión a Fujimori bajo el argumento de que aplicar esa disposición vulneraría la presunción de inocencia, a pesar de las sentencias condenatorias en su contra.
Si el juez acepta la solicitud, el Congreso deberá desembolsar los 15.600 soles mensuales a Pedro Castillo hasta que exista una resolución definitiva en el proceso constitucional.
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