Indecopi: Es ilegal que la Municipalidad de Surco prohíba trasladar combustibles en vehículos menores

El organismo determinó que la regulación del transporte de combustibles corresponde únicamente al Ministerio de Energía y Minas y no a los municipios. La decisión anula ordenanzas distritales que excedían competencias locales

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Declaran ilegal prohibición municipal para transportar gas y combustibles líquidos en vehículos menores.
Declaran ilegal prohibición municipal para transportar gas y combustibles líquidos en vehículos menores. (Foto: Redes sociales)

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Indecopi declaró ilegal la prohibición de trasladar combustibles en vehículos menores impuesta por la Municipalidad de Santiago de Surco. La restricción estaba contemplada en la Ordenanza 689-MSS y en el código de infracción O-008 de la Ordenanza 701-MSS.

El Indecopi precisó que la medida excedía las competencias municipales, ya que la regulación del transporte de combustibles es una facultad exclusiva del Ministerio de Energía y Minas (Minem), de acuerdo con la Ley 26221.

Este pronunciamiento no significa que exista libertad irrestricta para el traslado de combustibles en vehículos menores. Los interesados deberán cumplir con las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas por el Minem, informó la institución en un comunicado.

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Alcances de la decisión

La entidad subrayó que el fallo no desconoce las atribuciones de las municipalidades en otras materias relacionadas con el transporte, como la fiscalización de emisiones contaminantes, ruidos o el ordenamiento del tránsito.

El mandato de inaplicación general entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano.

De esta manera, el Indecopi reitera que solo el Minem puede establecer condiciones sobre la seguridad y transporte de combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP), mientras que las municipalidades conservan sus competencias en aspectos ambientales y de movilidad.

balón de gas
Foto: composición Infobae/Andin

Antecedentes de fiscalización en Surco

La reciente decisión del Indecopi contra las ordenanzas de la Municipalidad de Surco se suma a otros episodios en los que el municipio ha buscado establecer controles sobre los conductores de motos delivery.

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En ocasiones anteriores, el alcalde Carlos Bruce encabezó operativos masivos destinados a verificar la identidad y el registro de quienes prestan este servicio en el distrito.

Uno de los más destacados se llevó a cabo hace unos meses en el cruce de las avenidas Benavides y Velasco Astete, donde participaron más de 60 agentes entre serenos, fiscalizadores, inspectores de tránsito, de salud, personal de rescate y efectivos policiales.

Durante la jornada, las autoridades exigieron a los motociclistas su documentación personal, la licencia de conducir, el SOAT, la tarjeta de propiedad y, sobre todo, la acreditación en el registro municipal mediante un código QR.

En aquella ocasión fueron intervenidos cerca de 100 conductores de motocicletas, de los cuales 70 se dedicaban al reparto de pedidos. Según los reportes oficiales, solo 20 contaban con la inscripción requerida en el sistema municipal, mientras que 50 fueron sancionados por diversas irregularidades. Las multas aplicadas oscilaron entre S/ 515 y S/ 3,656, de acuerdo con la gravedad de las infracciones.

La comuna explicó que estos controles buscan incentivar el cumplimiento de la Ordenanza 689, que obliga a los repartidores a registrarse en los Centros de Atención Surcano (CAS) presentando su DNI o carné de extranjería, licencia vigente y demás documentos solicitados. Con esta normativa, el municipio señaló que busca ordenar el servicio de delivery, garantizar la seguridad vial y contribuir a la prevención del delito en la jurisdicción.

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