
La Novena Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima sentenció este miércoles al expresidente Alejandro Toledo Manrique a 13 años y cuatro meses de prisión por lavado de activos agravado en el denominado caso Ecoteva. La decisión se suma a la condena previa de 20 años y seis meses que ya pesa sobre el exmandatario por delitos de corrupción vinculados a los sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht.
“Se ha probado que valiéndose de su acto cargo funcional en el Poder Ejecutivo concertó con el representante de Odebrecht la adjudicación de la IRSA a cambio de un pago económico a través de empresas constituidas en el extranjero. […] Consideramos legal, razonable y proporcional la imposición de 13 años y cuatro meses“, manifestó la sala.
Asimismo, se dispuso que la pena no se sume a la ya dictada por el caso Odebrecht, sino que se ejecute desde el 17 de octubre del 2024. Es decir, de manera paralela.
En la audiencia, la sala halló acreditado que Toledo participó en la constitución y uso de empresas offshore en Costa Rica para canalizar dinero proveniente de actos de corrupción, dándole apariencia de legalidad a través de la adquisición de inmuebles y el pago de hipotecas en Perú. La fiscalía calculó que alrededor de US$ 5,1 millones habrían sido lavados de esa manera por Toledo y su entorno, incluyendo a su esposa Eliane Karp.

El tribunal precisó que “la complejidad de las transacciones, el uso de personas jurídicas y la reinversión de capitales demuestran el conocimiento y la voluntad del acusado [Alejandro Toledo] en el manejo de dinero proveniente de origen ilícito probado en el proceso”. Durante la audiencia, los magistrados descartaron la versión según la cual los fondos corresponderían únicamente a bienes del empresario fallecido Josef Maiman, señalando que el propio Toledo intervino en la creación de las sociedades que recibieron el dinero.
¿Cuál es la situación de los demás procesados?
En relación con los coautores de lavado de activos agravado, la sala concluyó que Avraham Dan On realizó actos para darle apariencia de legalidad al dinero ilícito, lo que se configura como lavado de activos. En el caso de su hijo. Shai Dan On, aunque se menciona que participó en la constitución de Milan Ecostate en Costa Rica, se consideró que no hay indicios razonables de que haya recibido o dispuesto dinero maculado.
Mientras que en el caso del acusado David Esquenazi Becerra, el tribunal consideró que se ha probado su participación. La sala aclaró que el letrado tuvo el deber de consultar sobre el origen del dinero bancarizado. Sin embargo, “al no hacerlo contribuyó a la circulación del dinero de procedencia ilícita, razón por la cual dicho acusado sabía lo que podía suceder”.
En estos casos, el tribunal dispuso 13 años y 4 meses para Avraham Dan On, y 11 años para el abogado David Esquenazi; mientras que Shai Dan On terminó siendo absuelto.
Respecto a Eliane Karp y Eva Fernenbug, para quienes la Fiscalía pidió 16 años y 10 años, respectivamente, el colegiado mencionó que al considerarlas “reo contumáz corresponde reservar el juzgamiento debiéndose reiterar las órdenes de ubicación en su contra a nivel internacional”.
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