Congreso impone plazo de 15 días para devolver entradas de conciertos cancelados

Nueva ley exige devoluciones rápidas y regula estrictamente la emisión y seguridad de entradas en eventos musicales

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La norma se aplicará a espectáculos con más de 500 personas, excluyendo obras teatrales y eventos culturales del Mincul.
Composición: Infobae Perú
La norma se aplicará a espectáculos con más de 500 personas, excluyendo obras teatrales y eventos culturales del Mincul. Composición: Infobae Perú

El Congreso de la República oficializó la Ley 32415 que modifica de forma integral el sistema para la venta y devolución de entradas a conciertos en el país. La norma establece que, cuando un espectáculo musical sea cancelado, los organizadores deben devolver el costo de las entradas a los consumidores en un plazo que no supera los quince días hábiles desde la solicitud del usuario.

La norma ampara a los consumidores frente a cambios de fecha, locación o condiciones del evento. Si el usuario no acepta la modificación propuesta, puede solicitar el reembolso total de su dinero, obligando a los organizadores a responder bajo el mismo plazo de quince días hábiles. Esta disposición pretende proteger los derechos de quienes compran sus boletos ante imprevistos u obstáculos durante la organización del espectáculo.

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El proceso de devolución debe quedar claramente comunicado y registrado, de manera que los plazos se cuenten desde la presentación formal de la solicitud por parte del consumidor.

Además, la ley establece que, si después de ciento veinte días calendario desde la fecha original del evento queda saldo pendiente por devoluciones no reclamadas, ese monto pasará a manos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) para fortalecer el fondo de protección al consumidor, agregando una capa de supervisión y resguardo sobre los fondos de las personas afectadas.

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Transparencia en la venta y control sobre el aforo en conciertos

Otro de los ejes de la nueva ley es el control sobre la emisión de entradas. El texto estipula que nunca puede venderse una cantidad mayor de boletos al aforo permitido en el lugar del concierto, con el propósito de evitar la sobreventa y los problemas de acceso que afectan la seguridad de los asistentes.

Cada boleto debe contener datos esenciales, como la razón social del organizador, su número de RUC, el valor pagado y los términos y condiciones del evento, junto con un sistema de validación para detectar posibles falsificaciones.

En casos donde la entrada física o digital no permita incluir toda la información, será necesario adjuntar un enlace directo a los detalles completos sobre términos y condiciones, garantizando que el usuario esté informado antes y después de su compra.

Además, el organizador debe encargarse de verificar la autenticidad de las entradas el día del espectáculo, reduciendo así el riesgo de fraude y el ingreso de falsos asistentes.

La ley además exige que, diez días antes de cada show, los organizadores cuenten con la debida autorización municipal y la resolución de garantías de orden público expedida por el Ministerio del Interior. El objetivo es asegurar que los eventos se realicen bajo parámetros legales y de seguridad alineados con las normativas vigentes en el país.

Las nuevas reglas plantean un cambio en el panorama de los grandes conciertos, ajustando roles y responsabilidades entre promotores, autoridades y consumidores, y promoviendo mecanismos ágiles y seguros para el acceso, la protección de datos y la devolución de montos en caso de cancelaciones o modificaciones.

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