
En poco más de dos semanas vence el plazo para entregar la gratificaciones a los trabajadores del sector privado. Máximo el próximo martes 15 de julio las empresas deben depositar a sus empleados en planilla el equivalente a un sueldo integro (sin descuento) más el 9% por el aporte de EsSalud (según sea el caso).
Pero si bien hay casos de trabajadores formales que no recibirán estos depósitos (no solo los que están fueran del sector formal o el privado), el caso de los empleados de micro y pequeñas empresas (mypes) es uno especial que merece explicación aparten.
Hay un grupo de estos trabajadores formales de mypes que no recibirán gratificación, ni la de julio por Fiestas Patrias, ni la de diciembre por Navidad. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL) no tienen derecho a ‘grati’ los trabajadores de microempresas que hayan sido contratados después de la inscripción de esta en el Remype, así como tampoco los de la pequeñas empresas que fueron contratados antes del Remype.

Estos trabajadores no tienen derecho a grati
Como se sabe, hay una serie de trabajadores que no tienen derecho a recibir la gratificación, el pago que equivale a poco más de un sueldo y se entrega en julio y diciembre (por Fiestas Patrias y Navidad).
Entre estos están los siguientes
- No la reciben los trabajadores independientes, dado que no son empleados en planilla; es decir no están sujetos a subordinación laboral con una empresa. Es decir, los que están en, la llamada, locación de servicios
- Tampoco reciben la grati los trabajadores de microempresas contratados despues que estas se haya inscrito en el Remype (Registro de Micro y Pequeñas Empresas)
- Practicantes y pasantes tampoco reciben la gratificación. En el caso de los primeros, estos sí reciben un pago a los seis meses de labores, pero no es lo mismo que la grati
- En el caso de los trabajadores que reciben sus pagos bajo el esquema de la Remuneración Integral Anual (RIA), estos no reciben la gratificación en julio ni diciembre, sino que estos pagos están divididos en doce y son entregados con cada sueldo cada mes (lo mismo la CTS).
Pero como se sabe el caso de las mypes merece algo más de detalle, dado que tras la creación del Registro de Micro y Pequeñas Empresas (Remype), se hace más complicado ver quién recibe y quién no.

Empresa en Remype: ¿Cómo saber si recibo grati?
¿Los trabajadores formales de la micro y pequeña empresa reciben gratificación? La respuesta es que sí, pero dependiendo del registro en la Remype.
Como señala la CCL también tienen derecho a recibir la grati los trabajadores de las pequeñas empresas que hayan sido contratados después de la inscripción de la empresa en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype). Para estos casos la gratificación será medio sueldo (y el aporte de EsSalud equivalente), conforme a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE. Pero para el caso de los trabajadores de la microempresa es al revés. Los “contratados antes de que esta se inscriba en el Remype, tendrán derecho a medio sueldo de gratificación”.
Es decir que quienes no reciben gratificación en la micro y pequeña empresa (mype) son los siguientes:
- No tienen derecho a gratificación los trabajadores de microempresas que hayan sido contratados después de la inscripción de la microempresa en el Remype
- Tampoco tienen derecho a la grati los trabajadores de las pequeñas empresas contratados antes de la inscripción de la empresa
Como se sabe, en base al código RUC se puede comprar si una empresa micro o pequeña (mype) está inscrite en este registro llamado Remype. Para eso solo se debe acceder al siguiente enlace oficial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: https://apps.trabajo.gob.pe/consultas-remype/app/index.html.
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