
El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada fijó para el miércoles 25 de junio de 2025, a las 11:30 horas, la audiencia presencial donde se evaluará el pedido de prisión preventiva por seis meses contra el expresidente Martín Vizcarra.
Germán Juárez Atoche, fiscal del Equipo Especial Lava Jato, formalizó el pedido de prisión preventiva señalando su preocupación ante posibles riesgos de fuga y de obstaculización de la justicia por parte del exmandatario. El Ministerio Público sostiene que Vizcarra, durante su mandato como gobernador regional entre 2011 y 2014, habría favorecido la adjudicación de dos grandes proyectos a empresas constructoras, entre ellas la compañía Obrainsa, a cambio del pago de sobornos.
Según la tesis fiscal, existen suficientes elementos de convicción que vinculan al expresidente con la recepción de más de un millón de soles en coimas. Los presuntos actos de corrupción corresponden tanto a la adjudicación del proyecto de irrigación Lomas de Ilo, como a la construcción y mejoramiento del Hospital Regional de Moquegua, dos obras de alto presupuesto durante dicha gestión regional.

Detalles del caso Lomas de Ilo
El proyecto Lomas de Ilo contemplaba la ampliación de la frontera agrícola en la región Moquegua. Según la versión de la Fiscalía, Vizcarra habría solicitado y recibido dinero indebido a través de intermediarios y colaboradores vinculados a su entorno cercano. Los responsables de las empresas constructoras, en declaraciones y testimonios, aseguran que Vizcarra les exigió pagos para asegurar la buena pro de la licitación pública, que ascendía a decenas de millones de soles.
El Ministerio Público ha reunido documentos, testimonios y peritajes que, a su criterio, prueban la existencia del acuerdo irregular y los pagos realizados a favor del entonces gobernador regional.
El caso del Hospital Regional de Moquegua
El segundo proyecto investigado es la ampliación y mejoramiento del Hospital de Moquegua, obra licitada también durante la gestión de Vizcarra. La Fiscalía indica que hubo un mismo modus operandi: la adjudicación habría estado condicionada al pago de sobornos por parte de los interesados en el contrato. En ambos casos, Vizcarra figura como autor directo de la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio.
Los testimonios de colaboradores eficaces refuerzan la hipótesis fiscal. Estos relatan las reuniones, los canales de entrega de dinero y la planificación de los pagos, que habrían contado con la participación directa de Vizcarra o de terceros que gestionaban su representación.

El pedido de seis meses de prisión preventiva se basa principalmente en la necesidad de asegurar la prosecución del proceso penal. El fiscal Germán Juárez Atoche advierte que existen riesgos concretos de que Vizcarra pueda dificultar el desarrollo de la investigación, ya sea por su capacidad de influencia, acceso a medios de comunicación y poder político, o por la posibilidad de abandonar el país.
El Ministerio Público también subraya la gravedad de los hechos atribuidos, ya que afectan directamente a la administración pública y a los recursos del Estado, así como la relevancia de garantizar que el juicio se desarrolle con normalidad y sin interferencias.
La normativa vigente establece que si la defensa designada por el imputado no acude a la cita y no existe justificación para su ausencia, se impondrá una multa conforme lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Si la ausencia se produce por parte del defensor público, el hecho será comunicado a la Dirección Nacional de la Defensoría Pública para las acciones correspondientes.
En concordancia con la reglamentación vigente, la audiencia se desarrollará de manera presencial debido a la naturaleza del requerimiento de prisión preventiva, consideración adoptada para asegurar el cumplimiento de garantías procesales y la adecuada conducción del debate.
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