El Poder Ejecutivo anunció que en 60 días los motociclistas tendrán que volver a usar chaleco con placa y cascos de forma obligatoria, ya que si no serán multados. El anuncio fue hecho con la publicación de la Resolución Directoral 0012-2025-MTC/18 en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. Durante este periodo, las autoridades desplegarán campañas informativas para difundir los detalles del reglamento y brindar orientación sobre las características exigidas de los cascos y los chalecos, así como el ámbito geográfico de su aplicación.
La norma precisa que, pasado el plazo de adecuación, las sanciones relacionadas con el uso del casco de seguridad se aplicarán a todos los motociclistas y pasajeros en el territorio nacional. En cuanto al chaleco, este será obligatorio únicamente para los conductores y acompañantes de motos en Lima y Callao. El MTC destaca que la decisión responde a la necesidad de contemplar las realidades específicas de las diferentes regiones del país y facilitar el proceso de adaptación tanto para los movimientos comerciales como para los usuarios particulares de motocicletas.
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Durante los 60 días, el ministerio, junto con otras instituciones asociadas a la seguridad vial, brindará talleres y charlas, además de difundir contenido pedagógico a través de medios digitales y radiales. El objetivo es que los ciudadanos conozcan con claridad las exigencias de la norma y los procedimientos requeridos para adquirir los elementos de protección necesarios.
Moteros opinan sobre medida
José Luis Huamán, representante de la Asociación Hermanos Motociclistas Unidos del Perú, dijo a Canal N que luego de reuniones con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), este cambio representa un respiro para el gremio en Lima y Callao. El dirigente expresó su inconformidad al considerar que la decisión genera una diferenciación que califica como discriminatoria para los usuarios de la capital y el primer puerto, quienes serán los únicos obligados a cumplir la disposición una vez vencido el plazo.
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“¿Qué tenemos los de Lima y Callao? ¿Somos delincuentes y el resto no?”, cuestionó. Desde su perspectiva, la medida genera percepciones negativas respecto a la identidad y la seguridad en la capital y el primer puerto. El vocero manifiesta que la posición de la asociación es insistir en la derogatoria de la norma, debido a que la considera ineficaz para prevenir delitos cometidos con motocicletas y para atrapar a los infractores.
La Asociación Hermanos Motociclistas Unidos del Perú, junto con otras agrupaciones del sector, ha seguido los canales formales ante las autoridades para exponer sus demandas y objeciones. De acuerdo con Huamán, la instancia superior a la que recurrieron fue la PCM, cuyo pronunciamiento permitió la emisión de la resolución que detiene la entrada en vigencia de la regulación durante 60 días, mientras se evalúan las condiciones del sector y la implementación de la norma.
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Deliverys, reglamentos y fiscalización
Huamán también se refirió a la situación de los motociclistas que trabajan en servicios de reparto o delivery, un sector que enfrenta una doble regulación: por un lado, el Reglamento Nacional de Tránsito —fiscalizado por la Policía Nacional de Tránsito—, y por otro, el Reglamento Nacional de Administración de Transportes, bajo el ámbito de las municipalidades provinciales.
También afirma que, durante los 60 días de adecuación, ni la Policía Nacional ni los inspectores pueden imponer multas o actas de infracciones vinculadas al incumplimiento del uso del chaleco con número de placa.
En cuanto al Reglamento Nacional de Administración de Transportes, Huamán explica que este instrumento es de competencia municipal y que cada provincia deberá adaptar lo que establece el decreto supremo que modificó el reglamento. Las exigencias para la condición de delivery varían según la jurisdicción, y las municipalidades están a cargo de orientar y establecer los requisitos, como la identificación del vehículo y la vestimenta para quienes realizan actividades de reparto.
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Como se sabe, las personas que ofrecen el servicio de delivery ya han sido afectadas anteriormente, como cuando el gobierno de Dina Boluarte implementó un decreto para que, desde el 17 de mayo de este año, deban registrarse.
El Decreto Supremo N.º 006-2025-MTC precisa la creación del “Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida”. Esto forma parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (SINARETT).
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